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domingo, 7 de septiembre de 2014

MOVIMIENTOS SOCIALES: CONTROL Y PROTESTA



Con frecuencia se observan declaraciones condenatorias de la debilidad de la oposición partidista venezolana al gobierno bolivariano, sin embargo se deja de lado que la oposición no es sólo la que se ejerce vía partidos políticos, por lo que interesa reflexionar en torno a varios asuntos e interrogantes.

  Empecemos por ponernos de acuerdo ¿que es la oposición?, y luego por considerar si es válida la tesis de la debilidad de la oposición. Al responder que es la oposición, esto lleva a verla en distintas perspectivas. Por un lado lo más convencional, como es verla sólo en términos de partidos políticos y sus dirigentes. Creo es lo que predomina, además los medios de comunicación han contribuido a verla en esos términos, por la mayor accesibilidad brindada en función de liderazgo y pertenencia a partidos políticos. Recién es cuando se brinda mayor accesibilidad a voceros de los movimientos sociales. 

  Pero la oposición al régimen va más allá de partidos políticos, sin necesidad de sugerir esta reflexión una invitación a la anti política. Es lo que exige mirar a otras organizaciones de la sociedad. Aquí es central tomar en cuenta la categoría movimientos sociales, que como es conocido refiere a grupos y acciones no formales que se expresan en la vida socio-política y económica, apuntando a presionar o sostener determinados cambios. Con el devenir del tiempo estos movimientos también adoptan mecanismos formales, sea por el interés estatal o de los propios movimientos. 

  Con lo expuesto importa entonces detenerse en analizar el peso y la fuerza de los movimientos sociales. Admitimos que existe una gama diversa de movimientos sociales en distintas esferas de la vida del país, ya sea en el mundo del trabajo -movimiento de los trabajadores y el movimiento cooperativo-, en el mundo de los estudiantes, así como en el de los campesinos, de las comunidades y vecinos, de las mujeres, de los derechos humanos, de ecologistas, de grupos étnicos, el movimiento LGBT, entre otros.

  En nuestro país la mayoría de estos movimientos son de fecha reciente, salvó los tres primeros los restantes cuentan con pocas décadas o años de existencia. También es destacable mencionar que si bien estos movimientos han surgido de las propias comunidades, dos actores siempre han intentado cooptarlos, sea por una parte el estado y/o los partidos políticos. Este interés es una constante en la historia moderna del país, digamos que con la restauración democrática de 1958 hasta el día de hoy no ha habido cambios al respecto.  

  Llegado al presente se advierte que los movimientos sociales mantienen su presencia y acciones en la vida del país, pero sin que ello hubiese sido determinante en las grandes decisiones de la vida nacional, cuando desviaciones y deformaciones se han hecho dominantes.

  Mirando en perspectiva de 1957 para acá, las acciones de trabajadores y estudiantes se movilizaron para contribuir al derrocamiento del régimen autoritario de entonces, pero lo determinante fue la acción de los militares. Así ocurrió a lo largo de la convulsa primera mitad de la década del sesenta, los gobiernos constitucionales con el apoyo militar redujeron y controlaron las diversas protestas, y juntó a ellos buena parte de los movimientos de protesta de calle e insurreccional fueron cooptados. Ello permitió un gradual y sostenido control partidista y estatal de las manifestaciones y acciones de los movimientos sociales.

  Pero años más tarde el agotamiento de la evolución política y económica, trajo de nuevo protestas abiertas como lo ocurrido en febrero de 1989, que no está del todo claro que ello haya sido una acción organizada por movimiento social alguno, claro que algunos a posteriori reclamaron su conducción u orientación, pero por supuesto sin convencimiento alguno. 

  Más auténtico fue lo realizado por el movimiento sindical -CTV-, que admitiendo haber sido desbordada por los acontecimientos de protesta, convoco a posteriori -mayo de 1989-, un paro nacional contra las políticas económicas del gobierno, pero que perdió su ímpetu y energía al plantearse desde el aparato partidista gubernamental -Buró Sindical de Acción Democrática- que el paro era contra la especulación y con ello diluyó el impacto de la convocatoria y la acción de protesta anti gubernamental En todo caso  fue una protesta cruentamente reprimida por el ejército. 

  Este escaso desarrollo de los movimientos sociales, tiene que ver con el hecho que el protagonismo contestatario surgiera del propio seno del órgano represor, como fueron los levantamientos militares de 1992, si bien no lograron sus propósitos, el devenir siguiente dejo más visible las debilidades del sistema político vigente, y una de ellas fue que no habían movimientos sociales autónomos y representativos para asumir los vacíos que la crisis política mostraba, planteando demandas y llevarlas a su destino. El camino quedo despejado para que una opción para entonces ajena a los movimientos sociales, asumiera el liderazgo y la victoria electoral que desplazó a los actores que ejercieron la tutoría de los controlados movimientos sociales del momento. 

  Con el advenimiento de la revolución bolivariana se plantea un renacer y expectativa de los movimientos sociales. Los que nuevamente vuelven a ser objeto de los intentos de la cooptación estatal y partidista, y he aquí el estado donde nos encontramos, la disyuntiva entre intervención y autonomía.

  En lo que tiene que ver con el movimiento de los trabajadores, los intentos estatales de reducir su autonomía son constantes. Sin embargo la protesta laboral no deja de ocurrir. Así se puede ver en los registros del Observatorio de la Conflictividad Social, destacando que del año 2008 al 2013, se hicieron 16.297 protestas. De éstas, el 37% tuvo una causa laboral. Cuando se agreguen las que se acumularan en este 2014, es de asegurar que no bajará este porcentaje. Además la mayor contribución de las protestas laborales será contra el Estado, especialmente en su condición de patrono.  

  Finalizando, los movimientos sociales se han lanzado a sus reclamos y acciones. Son mayormente manifestaciones de oposición a acciones, decisiones y políticas del estado. Si vemos la oposición solo en términos de partidos políticos no se aprecia lo que realmente ocurre en el país, es necesario verla además en términos que incluyan a los movimientos sociales. 

martes, 24 de septiembre de 2013

¿PARA QUE UN REGISTRO NACIONAL DE SINDICATOS?

 

El señalamiento que la revolución desconfía del sindicalismo y del movimiento de los trabajadores se hace evidente, entre otros procesos, con el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales –RNOR-. Si bien las organizaciones sindicales desde que se estableció en la legislación laboral el derecho de asociación,  se han registrado ante la administración del trabajo  requiriendo para su funcionamiento de la aprobación por parte de las autoridades. Estamos hablando de 1936 en adelante.

 

            Al registro sindical en la administración del trabajo en Venezuela, siempre se le han formulado objeciones por su rigidez e intromisión burocrática que restringe la libertad de los trabajadores en el proceso de constituir sus  organizaciones. Si bien para el momento que se legisló por primer vez sobre el derecho de asociación sindical, 1936, los referentes utilizados por los redactores fueron legislaciones de otros países latinoamericanos con mayor experiencia en las relaciones de trabajo, concretamente México y Chile, que contaban con avances, pero que nuestros redactores restringieron los derechos y rigidizaron los procedimientos que finalmente se aprobaron en nuestro país. También hay que destacar que para la fecha aún no se había aprobado un convenio por parte de la OIT sobre la materia; lo que si vino a ocurrir en 1948 con el convenio No 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.

 

            Este convenio señala en Artículo 2 “Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.”

Artículo 3

  • “1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.
  • 2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.”

Artículo 4

“Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa”.

 

            Nuestro país ratificó este convenio en 1982, aspiración que venía siendo planteada con anterioridad. Sin embargo las prácticas administrativas en el manejo de la libertad sindical, y en ello el registro de las organizaciones de los trabajadores, daban lugar a frecuentes quejas. Se puede afirmar que aún ratificado el convenio No. 87, la legislación laboral y las prácticas en la administración del trabajo no se adecuaron debidamente en lo relativo al registro de organizaciones de los trabajadores.  Persistían las interferencias e intromisiones burocráticas desde el órgano que atendía estos procesos.

 

            Hay que destacar en el análisis del registro sindical y las interferencias burocráticas, que ellas han ido más allá de esta crítica. Se trata de la orientación que desde su propio nacimiento se la ha dado al Ministerio del Trabajo. Se le ha revestido de un carácter más político partidista que de organismo profesional y técnico. Su creación como Despacho especializado para los asuntos laborales data de 1945, recién tomado el poder por la Junta Civil Militar encabezada por Rómulo Betancourt (18-10-1945), uno de sus primeros decretos, cinco días más tarde, fue la creación de este despacho (23-10-1945), colocando al frente a Raúl Leoni, una de las tareas inmediatas fue el registro y legalización de la mayor cantidad de sindicatos que para entones pudo contar el país. De 215 sindicatos que existían para entonces, se pasó a más de un mil apenas en tres años. El sesgo partidista estuvo presente, la mayoría eran sindicatos afectos al gobierno, y se le presentaban exigencias y trabas burocráticas a aquellos promotores no identificados con el régimen.

 

            De esta historia han pasado casi siete décadas y poco se progresó en permitir un registro de las organizaciones sindicales ajenos al sectarismo e interferencias gubernamentales. Hoy se sigue practicando una administración del  trabajo que ha profundizado lo que criticamos. Persiste una carencia de profesionalización, predomina la interferencia, se utilizan los órganos estatales para brindar ventajas a los que coinciden con el partido en el poder, incluso a veces con sesgos entre las propias corrientes internas de la organización política que gobierna la república. Demás está decir que el tratamiento para las gestiones de organizaciones independientes o influenciadas por organismos distintos a los aparatos políticos gubernamentales son objeto de un trato discriminatorio. El sindicalismo venezolano históricamente ha dependido del Estado o del gobierno,  más allá de los limites que corresponde a una organizaciones autónoma de estos poderes como así también del poder patronal. Esto en el país no se ha entendido del todo.

 

            Hoy hay que llamar la atención que recién se ha creado como un ente especifico en la administración del trabajo, el RNOS. Desde el lado de los trabajadores y de las empresas, se ve como un proceso innecesario. La libertad sindical y el funcionamiento de las relaciones de trabajo no se desenvolverán mejor con este mecanismo. Desde ya se asoman más incertidumbres e inquietudes a un área de la vida del país ya bastante afectada porque la progresividad se ha resentido. El desmejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores y la crisis productiva general, no tendrán un aliado en un mecanismo más interventor y sectario.

 


domingo, 15 de septiembre de 2013

UNA REVOLUCION QUE DESCONFIA DEL MOVIMIENTO DE LOS TRABAJADORES


Las conquistas laborales se logran y mantienen en varios escenarios.  Identificadas desde el espacio de los más específico al más general, tenemos el centro de trabajo o productivo como primer escenario. Luego la comunidad en donde se desenvuelven tanto la empresa como los trabajadores, aquí incluimos a las familias. Más allá tenemos el conjunto de la sociedad y la nación toda, y en tiempos de globalización e integración, la acción internacional es también un escenario.

Pero  cabe preguntarse ¿como puede un sindicato abarcar tanto? Entonces es cuando se hace necesario tener presente una estructura sindical, y otras organizaciones en las cuales se desenvuelven y activan los trabajadores.

En los tiempos que actualmente corren una característica del sindicalismo es no contar con una estructura que lo integre en el plano horizontal y vertical, es decir en los espacios geográficos desde el municipio, pasando por los estados hasta el país. Varios esfuerzos de los últimos años no han cuajado, hay q tener presente que la Revolución desconfía del sindicalismo. 

         En tanto la integración vertical, es lo que refiere a los distintos eslabones que los procesos productivos requieren para su funcionamiento. Todas las actividades productivas se desenvuelven con un algún grado de integración vertical, ya que reciben materias primas, suministros y servicios, los procesan y finalmente los resultados en productos y servicios se destinan a otros que forman los eslabones siguientes de la cadena productiva. Si el sindicalismo carece de esta articulación que es propia del proceso productivo, se le hace difícil dispone de la visión suficiente para ejercer con efectividad su función representativa del factor trabajo.  

Construir una estructura articulada como lo hemos descrito es una tarea titánica al tiempo que  imperiosa.  Este tipo de funcionamiento del movimiento sindical lo vemos en sociedades en donde su peso es clave y efectivo en lo productivo, lo político y lo social, y no un apéndice manejado desde el patronato estatal o privado. 

          Los múltiples escenarios descritos en el primer párrafo, demandan que el sindicalismo también se exprese como movimiento de los trabajadores. Aquí cabe precisar que movimiento sindical y movimiento de los trabajadores, son dos concretas categorías que se complementan y no se oponen.  Una, el sindicato está regulado por la legislación socio-laboral que incide en sus actuaciones en el espacio productivo. En tanto el movimiento de los trabajadores es un actor necesario para ir más allá del espacio productivo particular, y trasciende a todos los otros espacios, comunidad, sociedad, país y lo internacional. Todos necesarios para el logro y mantenimiento de sus conquistas. 

Se afirma que la legislación socio-laboral provee por un lado los derechos mínimos que han de servir para el desenvolvimiento del trabajador como individuo que presta sus servicios a un empleador, así como obligaciones que son propias de esta relación. En cambio en lo colectivo ha de fijarse el marco para que los trabajadores organicen sus sindicatos y mantengan las normales relaciones con el o los empleadores, utilizando sus mecanismos de negociación y eventualmente conflictos. 

Se desprende que quedan espacios que van más allá del sindicato, aún más si el tipo de organización se basa en el espacio de la empresa o centro de trabajo. Es por lo que hay necesidad de tener presente la estructura del movimiento, así como más promoción y atención a las organizaciones de rama productiva, y de alcance más allá del establecimiento, es decir la región o el país todo. 

Todo lo planteado tiene como precondición la autonomía de las organizaciones, de lo contrario es un camino que será difícil de recorrer. Veamos que un movimiento de los trabajadores no es una categoría que tenga sentido sea objeto de regulaciones, ya que es un actor político-laboral que si bien cohabita con las organizaciones que conforman el movimiento sindical, que son las reguladas en el ámbito de los espacios productivos y de las relaciones laborales, ha de tener una agenda socio política para desenvolverse en los espacios sociedad y nación. 

Los partidos políticos tienen una expresión para los asuntos laborales y de los trabajadores, así como para otras dimensiones, por ejemplo comunidades, jóvenes, campesinos, sectores medios, mujeres, tercera edad. Todos ellos configuran los movimientos sociales. Aunque estos movimientos bien pueden desenvolverse sin ser expresión de un partido, aunque algún grado de coordinación es importante. Han de actuar en el marco del estado de derecho, como todas las personas y la sociedad en general. Pero han de perseguir sus fines con amplitud. 

En la legislación laboral recién puesta en práctica  a través del Decreto con rango y fuerza de ley del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras –DLOTT-, a los sindicatos se les agregan tareas y finalidades que son propias del movimiento de los trabajadores. Véase especialmente el artículo 367 “Atribuciones y finalidades de los sindicatos de trabajadores y trabajadoras”. Téngase presente que tradicionalmente a los sindicatos se le restringía su autonomía con el intervencionismo estatal. Ahora con la DLOTT, el intervencionismo es aún mayor. En otras contribuciones hemos abundado. Véase http://hectorlucena.blogspot.com/2013/06/la-reforma-laboral-un-ano-de-su-vigencia.html

Aquellas atribuciones cuya concreción se ubica más allá del espacio productivo, demandan la existencia de un activo movimiento de los trabajadores. Es el caso de: la formación integral de los trabajadores –ordinal 1, del art 367-,  distribución de bienes y servicios –ordinal 2-, precios –ordinal 3-, comunidades y medio ambiente –ordinal 4-, vivienda –ordinal 10-, escuelas industriales y bibliotecas, turismo –ordinal 12-, estudios para presentar proposiciones a los Poderes Públicos –ordinal 13-, capacitación técnica y colocación de trabajadores –ordinal 14-. 

Al colocar sobre la espalda de los sindicatos todas estas atribuciones y finalidades, es imprescindible una organización sindical, en primer lugar con una estructura articulada horizontal y verticalmente, así como una asociación con un movimiento de los trabajadores. De lo contrario se corre el riesgo que todo esto sea letra muerta, o que por atenderlo en su sola condición sindical, descuide las finalidades más inmediatas de las condiciones de trabajo.  Sin descartar el mayor riesgo, que al asignar directamente estas funciones a los sindicatos, persigan en el fondo dejar a un lado a un verdadero movimiento de los trabajadores, y convertir al movimiento sindical en un apéndice del Estado.

sábado, 13 de julio de 2013

¿Qué es dialogo? ¿Qué es una mesa de dialogo? ¿Qué se espera de ella?


Independientemente del funcionamiento que haya tenido para un determinado colectivo o institución, bien vale la pena reflexionar sobre su desenvolvimiento.

Una mesa de dialogo es un mecanismo extraordinario, ya que de funcionar normalmente los mecanismos de relacionamiento entre los diversos sectores que se vinculan, al menos en el quehacer de las relaciones de trabajo,  justamente éstos debieran ir dando respuestas a las necesidades planteadas por los actores.  

Una mesa o instancia extraordinaria para el dialogo, se entiende en circunstancias de cambios profundos de las relaciones de trabajo que exigen un intercambio que va más allá de los mecanismos convencionales, también se entiende que en el marco de un conflicto que ha traído consigo la ruptura  de las relaciones regulares entre los actores, sea una instancia de este tipo adecuada para recomponer las relaciones fracturadas. 

También cabe la pertinencia del dialogo, en la construcción inicial de las relaciones de trabajo, las que parten de un estado de no comunicación ni reconocimiento, a la búsqueda de lograr instituir justamente estas vinculaciones elementales. En el presente nivel de desarrollo de las relaciones de trabajo en Venezuela, sólo en muy contados sectores se pudiera plantear una aspiración de este tipo. Por ejemplo en nuestro medio sería que en los órganos o cuerpos armados, en el conjunto de los jueces que conforman el poder judicial, así como los fiscales y defensores que conforman el poder moral, se levanten movimientos que conduzcan a plantear aspiraciones de organización gremial y el consecuente planteo de revisión de condiciones de trabajo.

El Estado, que además es un actor de las relaciones de trabajo, ha mostrado una obsesión por el control político de las organizaciones de los trabajadores y de su funcionamiento. Lo que trae consigo limitaciones al ejercicio de la libertad sindical y de las acciones colectivas que le son  propias.

Teóricamente la intervención estatal se espera en la relación con las organizaciones de los trabajadores para su promoción y protección, visto que sus interlocutores son más poderosos, sea el Estado patrono, o las empresas privadas, pero sucede todo lo contrario, ya que predomina la intención de someterlas y subordinarlas a las intenciones y propósitos del gobierno de turno, imponiendo obstáculos desde su registro hasta las más elementales tareas de funcionamiento,  aprovechándose del amplio espectro de regulaciones intervencionistas, que eran ya bastantes para 1998, pero que en el transcurso de estos últimos quince años se han multiplicado. 

En este contexto plantearse el dialogo entre una organización de trabajadores y una entidad empleadora estatal es un enorme desafío. Entendemos un genuino dialogo. ¿Cuales elementos hay que plantearse para su alcance?

En primer lugar valorar que el dialogo como herramienta para superar una controversia o un conflicto, implica exponer posiciones, oír al otro, estar dispuesto a revisar posiciones,  lo que pueda dar lugar a ratificar o rectificar, dando y cediendo por un lado y alcanzando logros por el otro. Es importante que en el dialogo quede un producto que las partes sientan un grado de satisfacción por el resultado. Deseable es que no se entienda que es una guerra a muerte, donde de un lado quedan los victoriosos y del otro los derrotados.

En segundo lugar un reconocimiento pleno y mutuo de los actores, trabajadores y empleador (es). Así como de cualquier otro actor que tenga relación legal y legitima con las partes en conflicto, así como con la implementación de lo que se acuerde. El respeto y las formas en el trato al otro no son menos importantes.

  En tercer lugar el contenido de la agenda que reúne a las partes. Su confección es tarea de los involucrados. Esto distingue el dialogo de la imposición o de la simple información.

En cuarto lugar, los participantes en el proceso de dialogo deben tener las facultades necesarias para desenvolverse con un cierto grado de autonomía y toma de decisiones, ya que de lo contrario el dialogo sería accidentando y limitado.

En quinto lugar, los mecanismos de seguimiento y cumplimiento de lo acordado.

Para concluir, no hay que dejar de mencionar el grado de polarización existente en todos los ámbitos de la vida del país,  y por supuesto muy visible en casos de controversias laborales, ya que seguramente emergen posturas controversiales sustentadas entre la visión meta de un lado y del otro,  y el asunto específico laboral que está presente en la coyuntura. Querer aprovechar la revisión de las condiciones de trabajo, para introducir aspiraciones que pretendan borrar instituciones representativas, así como los mecanismos de revisión salarial existentes, complejiza el encuentro de soluciones. Al igual que si del lado de los trabajadores se pretendiera fines equivalentes con respecto a la organización de las entidades estatales.

Ojalá la experiencia de reconocer que el país no empieza ni termina en un conflicto laboral, permita concentrarse en su resolución en un genuino  y autentico dialogo.