martes, 31 de marzo de 2009

Directores Laborales en la etapa de la Revolución Bolivariana.

El inicio de esta etapa ha sido sin duda la que levantó mayores expectativas para el desarrollo de la participación de los trabajadores en la gestión de empresa, ya que nace enmarcada en un ambiente discursivo favorable a la participación y al protagonismo democrático, como lo exterioriza el slogan gubernamental: “De la Democracia Representativa a la Democracia Participativa y Protagónica”. Además, del año 2000 en adelante, se han multiplicado los entes estatales, teóricamente sujetos de esta representación laboral.
Un ejercicio cuantitativo de las entidades públicas sujetas de la representación laboral puede perfectamente implicar varios cientos de instituciones. Por un lado cuantos Institutos Autónomos, Bancos o entidades financieras y de desarrollo, Empresas del Estado con al menos la propiedad de un 50% del capital, cuantos organismos de desarrollo económico y social. Téngase presente las entidades nacionales, las regionales, las municipales. La población trabajadora al servicio del Estado ya pasa de los dos millones cien mil servidores, acercándose al 20% de la PEA.
No obstante lo auspicioso del discurso acompañante de las medidas vinculadas con el ejercicio de la democracia protagónica y participativa en un primer momento, y luego del socialismo del Siglo XXI, podía ofrecer y respaldar a la figura de la representación laboral, más bien finalmente esta se ha venido a menos. La sólo inexistencia de los Directores Laborales en el universo de las instituciones en las cuales ha de ejercerse, muestra su inexistencia en un alto porcentaje. Por otro lado, en algunos casos emblemáticos por la importancia de estas instituciones, se ha sustituido la elección directa de los Directores Laborales por las propias bases –trabajadores-, por el nombramiento realizado por el Ejecutivo, tales han sido los casos de Pdvsa y Cadafe.
Para terminar, y volviendo al inicio de estos planteamientos, las recientes re-estatizaciones en teléfonos, siderurgia, y las nuevas estatizaciones en electricidad, gas, alimentación, banca, cemento, así como el fomento de cientos de nuevos entes estatales, ofrecen una oportunidad para la práctica de la democracia y del socialismo, con la elección de los Directores Laborales por las bases. Y para el mundo de los trabajadores es un exigente desafío recuperar esta representación y ejercerla de manera democrática y trascendente. Las primeras experiencias mostraron que los Directores Laborales no tuvieron claro el papel que debían jugar, y fácilmente fueron presa del consciente papel de los otros actores presentes en las mesas directivas. Este riesgo no ha desaparecido, ya que persiste como un objetivo trascendente la autonomía del movimiento de los trabajadores. Si se preguntara para que la autonomía, se podría indicar, para defender las conquistas históricas, para preservar y fortalecer las organizaciones productivas que son un patrimonio del país y para avanzar a mejores niveles de calidad de vida, llamese en el marco de una revolución socialista o democrática.

martes, 24 de marzo de 2009

Directores Laborales en el Sector Privado

Con relación al sector privado la acción estatal no adelantó ninguna iniciativa concreta -período anterior a la Rev.Bolivariana-; apenas una referencia que dejaba en sus propias iniciativas cualquier propuesta, como es el texto del artículo 623 de la LOT, que indica “Las empresas del sector privado que introduzcan en su funcionamiento disposiciones similares a las establecidas para los organismos del sector público.. gozarán de protección especial”, aunque no se precisa, ya que se remite a una reglamentación, en todo caso se menciona que tendrán derecho a un trato preferencial. En el lapso de vigencia de la LOT que se inicia en 1991, no se registra ninguna empresa privada que haya avanzando e implementado propuestas equivalentes a la de los Directores Laborales. La reglamentación de la LOT elaborada y que entró en vigencia en enero de 1999, no precisó elemento alguno en esta materia.

En los procesos de privatización de empresas del Estado, el movimiento sindical de la CTV, advirtió que la misma perdía la representación de los Directores Laborales, y ello fue una de las razones para lograr que en la Ley de Privatización se alcanzara un mecanismo de participación en el capital. Los casos más importantes en este sentido fueron Cantv, Fesilven y Sidor . La estrategia consistió en la adquisición de hasta un 20% del capital de estas empresas, adquirido en ventajosas condiciones de precio y de financiamiento, permitiendo que en la Juntas Directivas de estas empresas se preservaran los Directores Laborales .

Hay que destacar que la gerencia empresarial de Sidor y Fesilven no facilitaron la participación de los Directores Laborales en los respectivos Directorios. Con Sidor se agrega que la CVG ente estatal, que debía traspasar en venta las acciones para los trabajadores no lo hizo sino en el 2005, no obstante haber sido privatizada Sidor en 1997, y finalmente una prolongada huelga en la cual esta era una reivindicación laboral, fue lo que concretó la venta accionaria. En los años siguientes otras maniobras empresariales concurrieron, para que finalmente los Directores Laborales de Sidor tomaran posesión de sus responsabilidades en el 2008, o sea la participación de los trabajadores en el Directorio al fin se inicia once años después de la privatización. El Gobierno no tomó interés en la concreción de esta participación, y la empresa transnacional aprovechó esa situación para entorpecer el proceso.

Los representantes de los trabajadores que participaron en la redacción del Reglamento Electoral para elegir a los representantes de las acciones B (las de los trabajadores) denuncian:
"UN FRAUDE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE SIDOR EN CARACAS.
La Junta Directiva de Sidor secuestró e impuso a su medida y con grandes irregularidades, el Reglamento Electoral para la Elección de los Directores Representantes de los Accionistas Clase B. Sidor niega permisos a los trabajadores para que asistan a la asamblea. Modifico los Reglamentos originales presentado por nosotros y los apego a sus intereses y sus estatutos. No se consideraron las solicitudes de hacer la asamblea en Guayana, en donde trabajan y viven los trabajadores, y la hicieron en Caracas, para conveniencia de la empresa."


No hay que confundir la participación accionaria con la Participación de los Trabajadoers en la Gestión de la Empresa -PTGE-, ya que el modo de gestión y organización productiva no experimenta mayores cambios, cuando se trata de una participación laboral accionaria marcadamente minoritaria que es resistida por los accionistas mayoritarios.

En cuanto al período bolivariano, el Ejecutivo aprueba un nuevo Reglamento de la LOT en Abril 2006, que incorpora disposiciones más concretas de PTGE con respecto al sector privado:
Artículo 215.- De la representación institucional y en la gestión de las empresas del sector privado. Las empresas del sector privado que reciban la protección especial del Estado y asuman como activos las deudas y obligaciones que mantengan con sus trabajadores y trabajadoras, de acuerdo al artículo 49 del presente Reglamento, deberán incorporar Directores o Directoras Laborales a sus directorios, juntas directivas o administradoras o consejos de administración, en términos similares a los previstos en los organismos del sector público. Publicada en Gaceta Oficial Nº 38.426 de fecha 28 de Abril de 2006.

Con relación a la elaboración de este Reglamento, es importante destacar que para entonces, la relación del Gobierno y de los Poderes Públicos con los gremios empresariales era absolutamente nula. Esa relación se había quebrado desde la crisis política de los años 2002 y 2003, en donde los gremios jugaron un activo papel que pugnaban por la renuncia del Presidente de la República. Es posterior a esta crisis cuando se observa el mayor impulso estatal, en el fomento de la participación de los trabajadores en la gestión de empresas. Con las dificultades económicas de estos años, el PIB tuvo dos descensos pronunciados, -9 y -12 por ciento, obviamente un buen número de empresas experimentaron problemas de sobrevivencia. El gobierno percibía que los paros eran más bien de carácter patronal –lockout-, y que desde el sector privado organizado y liderizado por la central empresarial Fedecámaras, venía ocurriendo un sabotage a la gestión gubernamental. Es en este marco que el Gobierno le da un notable impulso al cooperativismo, a nuevas formas de organización productiva –las Empresas de Producción Social, EPS- y por otra parte promueve nuevas organizaciones gremiales empresariales -por ejemploEmpreven, Confagan-. En fecha próxima se abordarán estas experiencias.

lunes, 16 de marzo de 2009

Antecedentes de la Participación en la Gestión

LOS DIRECTORES LABORALES
El Estado premia las lealtades sindicales

El inicio de la etapa democratizadora que empezó en 1958 no estuvo exento de dificultades. Presiones de derecha y de izquierda mantuvieron al régimen, que se iniciaba en los primeros años de la década de los sesenta en una aguda inestabilidad. El sindicalismo se dividió y su porción mayoritaria se mantuvo leal al régimen democrático naciente.
Es en este contexto que nace la representación de los trabajadores en las juntas directivas de las empresas del Estado, Institutos Autónomos y Organismos de Desarrollo Económico, que data de 1966. En su origen no se observó que el Decreto contentivo de esta reivindicación, fuera el resultado de planteamientos y presiones del movimiento de los trabajadores. Se entendió para entonces que el Estado con esta política pública, integraba a la dirigencia sindical a posiciones de compromiso con la acción estatal, un representante sindical escogido por la alta dirigencia de CTV se incorporaba a los Directorios, el llamado Director Laboral. Eran tiempos donde las elites civiles construían la institucionalidad política post dictadura militar. Esto determinó que la institución de representación no llegó a constituirse en una conquista sentida por los trabajadores, y devino más bien en un mecanismo favorecedor de la burocratización sindical, especialmente por el hecho de no exigirse que fuera escogido el Director por elecciones de los representados .
Con ocasión del debate nacional dirigido a la reforma de la Ley del Trabajo, y que dio lugar a Ley Orgánica del Trabajo –aprobada en 1990-, el tema de la participación recibió de parte del sindicalismo cierto grado de atención, ya que la representación fue ampliada en las empresas públicas, por un lado extendió la obligatoriedad de la representación a entidades en que “el Estado u otra persona de Derecho Público sea titular de más del cincuenta por ciento (50%) del capital, existirán por lo menos dos (2) Directores Laborales..” –art.610-. Pero lo más importante en la evolución de este mecanismo fue la decisión de agregar un segundo representante en los Directorios, pero este sí sería “elegido por los trabajadores por votación directa y secreta..” Además “..ser trabajador activo del organismo o empresa de que se trate..” –art.613-. Es importante destacar que la elección es otorgada a la base sindical del organismo correspondiente.
La Asamblea Constituyente de 1999 en sus actividades de cierre abordó el tema de los Directores Laborales y su legitimación, ya que mediante
Decreto publicado en Gaceta Oficial Nº 36.904 de fecha Jueves 2 de Marzo de
2000, hizo cesar a los directores laborales principales y suplentes señalados en el
Artículo 610 de la LOT, y estableció su elección directa y secreta por mayoría calificada, con lo cual derogó las disposiciones de la LOT sobre esta materia que establece el nombramiento de uno de los Directores Laborales por la Central o Confederación más representativa -Artículo 612 LOT-.

Sobre este tema estaremos debatiendo en el 3er CONGRESO INTERNACIONAL DE
DERECHO DEL TRABAJO y de la SEGURIDAD SOCIAL
Isla de Margarita, 29 de Abril al 02 de Mayo de 2009
http://www.congresolaboralmargarita.com.ve/