Uno de los fenómenos que ha venido lamentablemente ocurriendo en los últimos años es el de la fragmentación sindical, también llamado paralelismo sindical. Si bien no es una manifestación nueva, lo crítico del asunto en estos años recientes es el de su agudización, y lo más grave con consecuencias inéditas en la historia laboral venezolana, como es el que este fenómeno ha servido de cultivo para el alcance y el haber llegado a unos extremos de violencia, que vienen desbordando a las instituciones que atienden el problema.
Consideramos que hay tiempo y posibilidades para detener esta tendencia. Que no ocurra como en el mundo carcelario o como en algunas zonas pobres donde la muerte es cotidiana y se convive con ella.
Ya desde los origines de la conformación de la estructura sindical venezolana se facilitó el germen para que a posteriori la fragmentación sindical se multiplicara. Cuando se construyó el esquema de organización sindical en la Ley del Trabajo de 1936, se diseño una estructura que facilitaba la organización de sindicatos por municipios, distrito, por empresa, por profesión. Se circunscribía el ámbito de estas organizaciones a microespacios, a diversos seccionamientos, y colocadas en una marcada subordinación al gobierno para autorizar su creación y funcionamiento.
Naturalmente que esto ocurrió de tal manera, porque se trataba de la definición y diseño de una estructura sindical ajena a los propios trabajadores. Incluso los primeros sindicatos de los trabajadores petroleros, se identificaron así mismo como organizaciones de la industria o de la rama productiva, al constituirse como Sindicatos de Trabajadores Petroleros, por ello este tipo de organización no figura en el diseño legal aprobado en este año 1936. Pero en el ámbito nacional y en los círculos de poder, el movimiento carecía de la fuerza necesaria para haber construido sus propuestas de organización propia. Esto conduce a afirmar que se trató de la imposición de una estructura fragmentadora.
Las reformas de mayor relevancia puestas en práctica en los años posteriores no alteraron el fondo de estos gérmenes de la fragmentación. Incluso el proceso que dio lugar a la vigente Ley Orgánica del Trabajo, discusiones ocurridas en los últimos años de la década del ochenta, que culminó con la aprobación de este instrumento a fines de 1990, pudo al menos insertar las organizaciones sindicales de carácter sectorial, las de ámbito nacional, así como introdujo el silencio administrativo en el proceso de legalización de los sindicatos. Importa señalar que para este entonces se pudo al menos conocer de las aspiraciones del propio movimiento sindical, aunque no hay que dejar de mencionar que el mismo hecho de la fragmentación existente le dio preeminencia a la vocería de algunas corrientes sindicales sobre otras. A pesar de este avance en la estructura sindical, el mismo ocurre cuando ya la creada y mantenida por varias décadas había consolidado mecanismos electorales de reproducción de liderazgos, con un ejercicio cuestionable de la democracia sindical.
Volveremos sobre este tema, es un análisis que aún no concluye.
miércoles, 10 de diciembre de 2008
martes, 2 de diciembre de 2008
ORGANIZACIÓN Y RELACIONES DEL TRABAJO EN COOPERATIVAS
Con Aymara Hernández y Gerardo Zapata, ambos de la UCLA, elaboramos este artículo, y lo sometimos a la Revista Cayapa en el 2007, luego con algunas modificaciones lo presentamos en el V Encuentro de Investigadores Latinoamericanos en Cooperativismo, realizado en la Universidad de Sao Paulo, Ribeirao Preto, Brasil, entre los días 06 y 08 de agosto de 2008. La Revista Cayapa ha aceptado el artículo y saldrá en el No.15, vol.8, enero-junio 2008.
Resumen: La dinámica en el entorno de negocios en los últimos años y los requerimientos de flexibilización plantean exigencias a las organizaciones orientadas a encontrar mejores formas de estructurarse y organizarse para incrementar su nivel de competitividad, productividad y capacidad de innovación. Sin embargo, existen fuentes de resistencia que dificultan dichos cambios: estructuras jerárquicas, líneas de mando rígidas y centralización del poder y la autoridad. Las cooperativas se presentan como alternativa viable para dar respuestas a dichas exigencias, especialmente las de trabajo asociado. El presente ensayo ofrece una reflexión al respecto, basándose en una revisión bibliográfica-documental. Se pone especial énfasis en el proceso de toma de decisiones, estructura, criterios de organización, análisis del desenvolvimiento laboral al interior de las cooperativas y sus relaciones con otros actores laborales, las cuales por su naturaleza, exigen concepciones y aplicaciones distintas sobre estos aspectos.
Palabras clave: cooperativas, trabajo asociado, organización y relaciones del trabajo
Resumen: La dinámica en el entorno de negocios en los últimos años y los requerimientos de flexibilización plantean exigencias a las organizaciones orientadas a encontrar mejores formas de estructurarse y organizarse para incrementar su nivel de competitividad, productividad y capacidad de innovación. Sin embargo, existen fuentes de resistencia que dificultan dichos cambios: estructuras jerárquicas, líneas de mando rígidas y centralización del poder y la autoridad. Las cooperativas se presentan como alternativa viable para dar respuestas a dichas exigencias, especialmente las de trabajo asociado. El presente ensayo ofrece una reflexión al respecto, basándose en una revisión bibliográfica-documental. Se pone especial énfasis en el proceso de toma de decisiones, estructura, criterios de organización, análisis del desenvolvimiento laboral al interior de las cooperativas y sus relaciones con otros actores laborales, las cuales por su naturaleza, exigen concepciones y aplicaciones distintas sobre estos aspectos.
Palabras clave: cooperativas, trabajo asociado, organización y relaciones del trabajo
domingo, 2 de noviembre de 2008
Regulación Laboral y Escenarios Políticos
Mesa Técnica-Política “Premisas políticas para la construcción de una nueva ley orgánica del trabajo en el marco de la transición al socialismo”
Héctor Lucena
PREGUNTAS GENERADORAS DEL DEBATE:
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
2. ¿Cuál seria el rol de los trabajadores en las nuevas formas de re’aciones laborales?
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del
Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno o
decente?
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica
del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
En primer término el título de la mesa sugiere un intercambio más bien Político-
Técnico, y obviamente ello corresponde al hecho de que la construcción legislativa es en primer lugar un hecho político, porque sus consecuencias van a incidir en las relaciones de poder existentes. En este caso se trata de la relación capital y trabajo, asunto de vastas dimensiones y consecuencias.
En segundo término el título de la mesa remite al “marco de la transición al
socialismo”. Aquí se plantea por un lado la transición, y como corresponde a todo
proceso transicional, el mismo conlleva la necesidad de mucho debate. Y si a ello se le agrega que es al socialismo, nos topamos con el hecho de tener que aclarar de cual
socialismo hablamos. Hasta ahora predomina en los intercambios sobre el tema, la
coincidencia sobre lo que no debe ser, pero aún no se clarifica suficientemente lo que ha de ser. La discusión sobre los asuntos relativos a las relaciones de trabajo, es decir la relación capital-trabajo es de esperar que contribuirán a la clarificación de cual socialismo se trata. Finalmente la incorporación de la transición al Socialismo,obviamente sugiere un debate más allá de las reformas puntuales en el orden laboral, contenidas en las disposiciones transitorias de la Constitución de 1999.
Un hecho significativo para valorar las condiciones de contexto, que están
presente en la construcción regulatoria para el ámbito del trabajo en las presentes
circunstancias, remite a tener presente las condiciones contextuales que caracterizaron a los tres momentos históricos que fueron escenarios para la construcción regulatoria laboral.
En primer lugar la primera ley del trabajo que tuvo consecuencias concretas, la de
1936, ocurrió fundamentalmente con la intervención de liderazgos desconectados del
movimiento de los trabajadores, ya que ciertamente apenas se habían formado unos pocos sindicatos sin que ellos llegaran a incidir directamente en la construcción legislativa de aquel entonces. Luego en el siguiente momento (1945-1948), ocurre con un movimiento de los trabajadores que recién había experimentado una división ideológica profunda, lo que facilitó que las decisiones legislativas y de política laboral aprobadas sirvieran para ahondar las divisiones, y que en el momento de amenazas a la constitucionalidad, el movimiento no tuviera la fortaleza para impedirlo. Luego el tercer momento ocurre con la reforma de 1990, con un movimiento de los trabajadores que había perdido influencia en vastos sectores laborales. El ritmo de incremento de la sindicalización y de la contractualización había alcanzado su pico en los primeros años de la década del ochenta, y desde entonces había venido experimentando una declinación. Es elemental reafirmar que la primera condición que sustenta a un movimiento de los trabajadores vigoroso y fuerte, es que existan empleos formales, y que desde los ochenta se venía modificando la organización del trabajo afectando las formas de empleo, además de su número y calidad.
El anterior brevísimo recuento histórico viene a colación ya que es importante
interrogarse sobre el estado en que se encuentra el escenario político en la presente etapa,cuando se plantea una nueva reforma laboral.
Evidentemente en las presentes circunstancias y momento histórico, se puede
afirmar que en el país existe un movimiento de los trabajadores que ha acumulado una
mayor experiencia histórica. Lo que permite abrigar la expectativa de que pueda jugar un papel más protagónico en este proceso de construcción. Aunque en el entendido que el único actor en esta construcción no es él, ya que empresarios, autoridades estatales ejecutivas y judiciales, comunidades, profesionales y la academia, tienen intereses que exponer y plantear en el problema de la regulación laboral.
Un par de señalamientos para completar la respuesta a esta primera pregunta. El
primero consiste en que se vive una etapa en que el Estado ha recuperado capacidad
regulatoria, lo que es un hecho positivo para asegurar el papel corrector y orientador, pero también implica el riesgo de la sustracción de autonomía a los actores de los espacios laborales. El segundo, es la emergencia de las comunidades con capacidad y empoderamiento para influir en los asuntos del trabajo. Las proposiciones de contraloría social y de consejos comunales, trasladan sus efectos a los espacios laborales.
2. ¿Cuál seria el rol de los trabajadores en las nuevas formas de relaciones
laborales?
El rol de los trabajadores cobra sentido protagónico, en tanto exista un nivel de
organización del movimiento que permita construir democráticamente sus propuestas y
lograr la adhesión del mayor número de seguidores, incluidos también sectores aliados. Este enunciado remite a que en el seno de los propios actores laborales ha de ocurrir la elaboración de sus posiciones.
Desde inicios de los ochenta los trabajadores han venido perdiendo poder
adquisitivo, así también la remuneración del trabajo a nivel macroeconómico ha venido
disminuyendo. Ello lleva a justificar un replanteo de la relación de los trabajadores con los empleadores. Así también la sindicalización y la contractualización han venido disminuyendo. Por otro lado se ha estancado la generación de empleos formales. Esta situación conduce al dilema de si más empleo o más regulación. Si bien no necesariamente es un dilema explicito en las políticas públicas y en el accionar empresarial, al final de cuentas ocurre que en la generación de empleos la mayor parte se ubica en empleos desprotegidos y de baja calidad. Incluso es un fenómeno que igualmente ocurre en los ámbitos privados y públicos.
Sobre las nuevas formas de relaciones laborales hay un potencial importante para
su replanteamiento. Veamos elementos fundantes de las mismas. Por un lado el grado de
difusión de las relaciones laborales maduras, llamemos aquellas en donde los trabajadores están organizados y logran con los empleadores una relación de reconocimiento y respeto mutuo que da lugar a relaciones contractualizadas estables. Este segmento de las relaciones laborales ha venido disminuyendo, y hoy refiere a una minoría de la población trabajadora. La mayoría no está organizada sindicalmente ni disfruta de relaciones contractualizadas, aunque una parte de ella son receptores de los beneficios de base de la legislación laboral, pero al final el conglomerado excluido es de magnitudes respetables.
Los segmentos laborales en mejor situación reivindicativa, son herederos de un
patrón o modelo de acción sindical que tuvo sus orígenes en la actividad petrolera. Como se sabe los campos o enclaves petroleros, fueron espacios productivos y al mismo tiempo reproductivos, ubicados en zonas de escaso desarrollo urbano, carentes de infraestructura.
Es por lo que la acción reivindicativa sindical en el marco de las relaciones laborales en el espacio productivo concertó con los patronos construir una contratación colectiva amplia, que trascendía los aspectos salariales y de condiciones de trabajo, y se introducía en un diverso espectro de conquistas desvinculadas de lo productivo, tales como salud, escuelas, deportes, servicios sociales. Explicable en los espacios productivos propios de las explotaciones petroleras iniciales, así como las del hierro.
Pero este mismo patrón reivindicativo fue trasladado a la plataforma sindical, en
las urbes y zonas con infraestructura pública para estos propósitos y objetivos. Resultado, el movimiento de los trabajadores se desentendió de dos asuntos claves en perspectiva histórica. Por un lado de la temática de la gestión de las empresas y de todo lo relativo a la organización del trabajo y de la producción, dejándoselo como un monopolio en manos de los patronos. Y por otro lado, se desentendió de funciones públicos brindados por el Estado, ya que el movimiento lograba de alguna manera resolver esta situación con lo negociado contractualmente con el patrono. Todo esto por supuesto se cargaba al precio de los productos o servicios, o en otros casos se subsidiaba al productor.
A la larga, esto contribuyó a la degradación de los servicios públicos, ya que el actor con mayor capacidad de presión dejó de ejercerla. Estas dos consecuencias por supuesto restaron al movimiento de los trabajadores, contenido en dos dimensiones cruciales para su papel de
fuerza histórica, tales son su condición de fuerza productiva con capacidad gestora y de actor socio-político manteniendo papel activo en la agenda extralaboral.
Parece oportuno repensar esta problemática a la luz de la construcción regulatoria,
y tenerla presente en el debate en curso, y que se tenga como norte ofrecer condiciones para la reconstrucción unitaria y autónoma de las organizaciones de los trabajadores, con una orientación a mayores incidencia en los aspectos de la organización del trabajo y de la producción. Conspira en contra de este propósito el que en el seno del movimiento se experimenta desgastes derivados de confrontaciones internas. Mientras, se carece decapacidades consistentes para conducir los procesos productivos. El papel que la construcción regulatoria pueda jugar en este problema es crucial para el desarrollo de opciones productivas que sean más avanzadas en producción, solidaridad y eficiencia que las formas tradicionales capitalistas.
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
Históricamente los momentos fundantes de la legislación laboral y de las
relaciones laborales -1936 y el trienio 1945 al 48-, han sido aprovechados por el Estado para hacerse de un lugar interventor y controlador de estas relaciones. Por ello su funcionamiento es tan dependiente de las autoridades ejecutivas. Posteriormente con el fortalecimiento del capitalismo estatal post nacionalización petrolera este proceso se agudizó, por la multiplicación de los recursos financieros que maneja desde entonces el Estado.
Con la constitución bolivariana se introduce un elemento que hace más
interventor al Estado, a través de la intervención en las elecciones sindicales.
Plantearse cuanta intervención Estatal es la conveniente y necesaria, es un
problema de consideración fundamentalmente ideológica. Así como el esquema
originario previsto en la legislación de 1936 y en las reformas del trienio 1945-48, fue marcadamente ideológico, así corresponde a lo que se defina en las reformas de este nuevo siglo.
Que tipo de relaciones ha establecerse entre el Estado y los actores de las
relaciones laborales, es decir las organizaciones de los trabajadores y, las empresas y sus gremios es el punto clave. Aquí cabe remitirse al papel regulador y al papel interventor del Poder Ejecutivo.
La experiencia histórica de la intervención estatal ha sido más invasora de los
asuntos del movimiento de los trabajadores que de las empresas y los gremios
empresariales. Desde la básica formación y legalización de un sindicato y de ahí en
adelante todos los procesos normales de las relaciones laborales, han estado subordinados a aprobaciones y discreciones burocráticas gubernamentales. Dando a la larga por resultado, un movimiento que ha perdido autonomía, y se ha tenido que subordinar al gobernante de turno.
Del lado de las empresas y sus gremios han sido menos intervenidos, y por tanto
no experimentan similares consecuencias, aunque resienten los impactos que la
tradicional fragmentación sindical produce en los escenarios productivos.
La interrogante central es como fortalecer el papel del Estado que cumpla su
papel regulador a favor del alcance de una sociedad con mejores niveles de calidad de
vida, minimizando aquellas intervenciones que coartan el desenvolvimiento y la
autonomía de los actores.
Una condición fundamental es el fortalecimiento profesional de las entidades
públicas que intervienen en las relaciones laborales. La profesionalización de un ente como el Ministerio del Trabajo, y de aquellos que actúan en los asuntos del trabajo, tales como el Ivss, Inpssasel, Incret, Inces, Instituto de Empleo. Cada uno de estos entes es rector de políticas públicas vinculadas con el ámbito laboral. Sus relaciones con los actores son de control y dominio, y es hora de considerar mecanismos que permitan que los actores y los ciudadanos puedan ejercer algún grado de control.
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del
Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno
o decente?
Empezando por el final, el trabajo digno o decente, se trata de una noción que
tuvo acogida en nuestros países, porque reorientó la atención de las acciones de la OIT hacia áreas del mundo del trabajo que reflejaban una descomposición del avance
normativo. Por ello se replanteó apuntar hacia temas como la abolición del trabajo
forzado, combatir el trabajo infantil, toda forma de discriminación para el ingreso y
conservación del empleo, respetar la libertad sindical y promover las negociaciones
colectivas. Es entendido que estos son parámetros básicos que han de estar en la agenda laboral de una sociedad.
Con la presente legislación laboral creo que poco habría que modificar para que
este concepto pueda materializarse. En lo que si es necesario un esfuerzo importante para convertirlo en realidad es en lado de la implementación, lo que implica mirar hacia las instituciones y mecanismos de funcionamiento de las relaciones de trabajo.
Héctor Lucena
PREGUNTAS GENERADORAS DEL DEBATE:
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
2. ¿Cuál seria el rol de los trabajadores en las nuevas formas de re’aciones laborales?
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del
Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno o
decente?
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica
del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
En primer término el título de la mesa sugiere un intercambio más bien Político-
Técnico, y obviamente ello corresponde al hecho de que la construcción legislativa es en primer lugar un hecho político, porque sus consecuencias van a incidir en las relaciones de poder existentes. En este caso se trata de la relación capital y trabajo, asunto de vastas dimensiones y consecuencias.
En segundo término el título de la mesa remite al “marco de la transición al
socialismo”. Aquí se plantea por un lado la transición, y como corresponde a todo
proceso transicional, el mismo conlleva la necesidad de mucho debate. Y si a ello se le agrega que es al socialismo, nos topamos con el hecho de tener que aclarar de cual
socialismo hablamos. Hasta ahora predomina en los intercambios sobre el tema, la
coincidencia sobre lo que no debe ser, pero aún no se clarifica suficientemente lo que ha de ser. La discusión sobre los asuntos relativos a las relaciones de trabajo, es decir la relación capital-trabajo es de esperar que contribuirán a la clarificación de cual socialismo se trata. Finalmente la incorporación de la transición al Socialismo,obviamente sugiere un debate más allá de las reformas puntuales en el orden laboral, contenidas en las disposiciones transitorias de la Constitución de 1999.
Un hecho significativo para valorar las condiciones de contexto, que están
presente en la construcción regulatoria para el ámbito del trabajo en las presentes
circunstancias, remite a tener presente las condiciones contextuales que caracterizaron a los tres momentos históricos que fueron escenarios para la construcción regulatoria laboral.
En primer lugar la primera ley del trabajo que tuvo consecuencias concretas, la de
1936, ocurrió fundamentalmente con la intervención de liderazgos desconectados del
movimiento de los trabajadores, ya que ciertamente apenas se habían formado unos pocos sindicatos sin que ellos llegaran a incidir directamente en la construcción legislativa de aquel entonces. Luego en el siguiente momento (1945-1948), ocurre con un movimiento de los trabajadores que recién había experimentado una división ideológica profunda, lo que facilitó que las decisiones legislativas y de política laboral aprobadas sirvieran para ahondar las divisiones, y que en el momento de amenazas a la constitucionalidad, el movimiento no tuviera la fortaleza para impedirlo. Luego el tercer momento ocurre con la reforma de 1990, con un movimiento de los trabajadores que había perdido influencia en vastos sectores laborales. El ritmo de incremento de la sindicalización y de la contractualización había alcanzado su pico en los primeros años de la década del ochenta, y desde entonces había venido experimentando una declinación. Es elemental reafirmar que la primera condición que sustenta a un movimiento de los trabajadores vigoroso y fuerte, es que existan empleos formales, y que desde los ochenta se venía modificando la organización del trabajo afectando las formas de empleo, además de su número y calidad.
El anterior brevísimo recuento histórico viene a colación ya que es importante
interrogarse sobre el estado en que se encuentra el escenario político en la presente etapa,cuando se plantea una nueva reforma laboral.
Evidentemente en las presentes circunstancias y momento histórico, se puede
afirmar que en el país existe un movimiento de los trabajadores que ha acumulado una
mayor experiencia histórica. Lo que permite abrigar la expectativa de que pueda jugar un papel más protagónico en este proceso de construcción. Aunque en el entendido que el único actor en esta construcción no es él, ya que empresarios, autoridades estatales ejecutivas y judiciales, comunidades, profesionales y la academia, tienen intereses que exponer y plantear en el problema de la regulación laboral.
Un par de señalamientos para completar la respuesta a esta primera pregunta. El
primero consiste en que se vive una etapa en que el Estado ha recuperado capacidad
regulatoria, lo que es un hecho positivo para asegurar el papel corrector y orientador, pero también implica el riesgo de la sustracción de autonomía a los actores de los espacios laborales. El segundo, es la emergencia de las comunidades con capacidad y empoderamiento para influir en los asuntos del trabajo. Las proposiciones de contraloría social y de consejos comunales, trasladan sus efectos a los espacios laborales.
2. ¿Cuál seria el rol de los trabajadores en las nuevas formas de relaciones
laborales?
El rol de los trabajadores cobra sentido protagónico, en tanto exista un nivel de
organización del movimiento que permita construir democráticamente sus propuestas y
lograr la adhesión del mayor número de seguidores, incluidos también sectores aliados. Este enunciado remite a que en el seno de los propios actores laborales ha de ocurrir la elaboración de sus posiciones.
Desde inicios de los ochenta los trabajadores han venido perdiendo poder
adquisitivo, así también la remuneración del trabajo a nivel macroeconómico ha venido
disminuyendo. Ello lleva a justificar un replanteo de la relación de los trabajadores con los empleadores. Así también la sindicalización y la contractualización han venido disminuyendo. Por otro lado se ha estancado la generación de empleos formales. Esta situación conduce al dilema de si más empleo o más regulación. Si bien no necesariamente es un dilema explicito en las políticas públicas y en el accionar empresarial, al final de cuentas ocurre que en la generación de empleos la mayor parte se ubica en empleos desprotegidos y de baja calidad. Incluso es un fenómeno que igualmente ocurre en los ámbitos privados y públicos.
Sobre las nuevas formas de relaciones laborales hay un potencial importante para
su replanteamiento. Veamos elementos fundantes de las mismas. Por un lado el grado de
difusión de las relaciones laborales maduras, llamemos aquellas en donde los trabajadores están organizados y logran con los empleadores una relación de reconocimiento y respeto mutuo que da lugar a relaciones contractualizadas estables. Este segmento de las relaciones laborales ha venido disminuyendo, y hoy refiere a una minoría de la población trabajadora. La mayoría no está organizada sindicalmente ni disfruta de relaciones contractualizadas, aunque una parte de ella son receptores de los beneficios de base de la legislación laboral, pero al final el conglomerado excluido es de magnitudes respetables.
Los segmentos laborales en mejor situación reivindicativa, son herederos de un
patrón o modelo de acción sindical que tuvo sus orígenes en la actividad petrolera. Como se sabe los campos o enclaves petroleros, fueron espacios productivos y al mismo tiempo reproductivos, ubicados en zonas de escaso desarrollo urbano, carentes de infraestructura.
Es por lo que la acción reivindicativa sindical en el marco de las relaciones laborales en el espacio productivo concertó con los patronos construir una contratación colectiva amplia, que trascendía los aspectos salariales y de condiciones de trabajo, y se introducía en un diverso espectro de conquistas desvinculadas de lo productivo, tales como salud, escuelas, deportes, servicios sociales. Explicable en los espacios productivos propios de las explotaciones petroleras iniciales, así como las del hierro.
Pero este mismo patrón reivindicativo fue trasladado a la plataforma sindical, en
las urbes y zonas con infraestructura pública para estos propósitos y objetivos. Resultado, el movimiento de los trabajadores se desentendió de dos asuntos claves en perspectiva histórica. Por un lado de la temática de la gestión de las empresas y de todo lo relativo a la organización del trabajo y de la producción, dejándoselo como un monopolio en manos de los patronos. Y por otro lado, se desentendió de funciones públicos brindados por el Estado, ya que el movimiento lograba de alguna manera resolver esta situación con lo negociado contractualmente con el patrono. Todo esto por supuesto se cargaba al precio de los productos o servicios, o en otros casos se subsidiaba al productor.
A la larga, esto contribuyó a la degradación de los servicios públicos, ya que el actor con mayor capacidad de presión dejó de ejercerla. Estas dos consecuencias por supuesto restaron al movimiento de los trabajadores, contenido en dos dimensiones cruciales para su papel de
fuerza histórica, tales son su condición de fuerza productiva con capacidad gestora y de actor socio-político manteniendo papel activo en la agenda extralaboral.
Parece oportuno repensar esta problemática a la luz de la construcción regulatoria,
y tenerla presente en el debate en curso, y que se tenga como norte ofrecer condiciones para la reconstrucción unitaria y autónoma de las organizaciones de los trabajadores, con una orientación a mayores incidencia en los aspectos de la organización del trabajo y de la producción. Conspira en contra de este propósito el que en el seno del movimiento se experimenta desgastes derivados de confrontaciones internas. Mientras, se carece decapacidades consistentes para conducir los procesos productivos. El papel que la construcción regulatoria pueda jugar en este problema es crucial para el desarrollo de opciones productivas que sean más avanzadas en producción, solidaridad y eficiencia que las formas tradicionales capitalistas.
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
Históricamente los momentos fundantes de la legislación laboral y de las
relaciones laborales -1936 y el trienio 1945 al 48-, han sido aprovechados por el Estado para hacerse de un lugar interventor y controlador de estas relaciones. Por ello su funcionamiento es tan dependiente de las autoridades ejecutivas. Posteriormente con el fortalecimiento del capitalismo estatal post nacionalización petrolera este proceso se agudizó, por la multiplicación de los recursos financieros que maneja desde entonces el Estado.
Con la constitución bolivariana se introduce un elemento que hace más
interventor al Estado, a través de la intervención en las elecciones sindicales.
Plantearse cuanta intervención Estatal es la conveniente y necesaria, es un
problema de consideración fundamentalmente ideológica. Así como el esquema
originario previsto en la legislación de 1936 y en las reformas del trienio 1945-48, fue marcadamente ideológico, así corresponde a lo que se defina en las reformas de este nuevo siglo.
Que tipo de relaciones ha establecerse entre el Estado y los actores de las
relaciones laborales, es decir las organizaciones de los trabajadores y, las empresas y sus gremios es el punto clave. Aquí cabe remitirse al papel regulador y al papel interventor del Poder Ejecutivo.
La experiencia histórica de la intervención estatal ha sido más invasora de los
asuntos del movimiento de los trabajadores que de las empresas y los gremios
empresariales. Desde la básica formación y legalización de un sindicato y de ahí en
adelante todos los procesos normales de las relaciones laborales, han estado subordinados a aprobaciones y discreciones burocráticas gubernamentales. Dando a la larga por resultado, un movimiento que ha perdido autonomía, y se ha tenido que subordinar al gobernante de turno.
Del lado de las empresas y sus gremios han sido menos intervenidos, y por tanto
no experimentan similares consecuencias, aunque resienten los impactos que la
tradicional fragmentación sindical produce en los escenarios productivos.
La interrogante central es como fortalecer el papel del Estado que cumpla su
papel regulador a favor del alcance de una sociedad con mejores niveles de calidad de
vida, minimizando aquellas intervenciones que coartan el desenvolvimiento y la
autonomía de los actores.
Una condición fundamental es el fortalecimiento profesional de las entidades
públicas que intervienen en las relaciones laborales. La profesionalización de un ente como el Ministerio del Trabajo, y de aquellos que actúan en los asuntos del trabajo, tales como el Ivss, Inpssasel, Incret, Inces, Instituto de Empleo. Cada uno de estos entes es rector de políticas públicas vinculadas con el ámbito laboral. Sus relaciones con los actores son de control y dominio, y es hora de considerar mecanismos que permitan que los actores y los ciudadanos puedan ejercer algún grado de control.
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del
Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno
o decente?
Empezando por el final, el trabajo digno o decente, se trata de una noción que
tuvo acogida en nuestros países, porque reorientó la atención de las acciones de la OIT hacia áreas del mundo del trabajo que reflejaban una descomposición del avance
normativo. Por ello se replanteó apuntar hacia temas como la abolición del trabajo
forzado, combatir el trabajo infantil, toda forma de discriminación para el ingreso y
conservación del empleo, respetar la libertad sindical y promover las negociaciones
colectivas. Es entendido que estos son parámetros básicos que han de estar en la agenda laboral de una sociedad.
Con la presente legislación laboral creo que poco habría que modificar para que
este concepto pueda materializarse. En lo que si es necesario un esfuerzo importante para convertirlo en realidad es en lado de la implementación, lo que implica mirar hacia las instituciones y mecanismos de funcionamiento de las relaciones de trabajo.
jueves, 23 de octubre de 2008
LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
Con el título de PREMISAS POLÍTICAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO EN EL MARCO DE LA TRANSICIÓN AL SOCIALISMO, organiza la Dirección General de Investigación y Desarrollo Legislativo de la Asamblea Nacional una Mesa Técnica-Política que debate sobre las siguientes interrogantes:
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
2. ¿Cuál sería el rol de los trabajadores en las nuevas formas de relaciones laborales?
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno o decente?
Si bien es un evento institucional de la Dirección organizadora -arriba indicada-, obviamente son interrogantes que daran lugar a varios debates en las relaciones del poder legislativo y la sociedad.
Una de cuestiones preliminares en un debate como el propuesto, que descansa en preguntas que miran hacia el futuro, ha de ser analizar el actual funcionamiento de las relaciones de trabajo. La percepción y el juicio que se tenga, no es sólo un asunto meramente descriptivo, ya que tambien implica valoraciones sobre la contribución de las relaciones de trabajo al mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y al desarrollo estable de los procesos productivos.
Conviene destacar que el debate que acompaña la construcción de reglas de las relaciones entre empleadores y trabajadores, empieza por la naturaleza Política y Técnica, como justamente, aunque colocado inversamente, se deja ver en esta convocatoria de la Mesa Técnica-Política. Ahí estaremos compartiendo con otros invitados a aportar y proponer planteamientos.
1. ¿Cuáles son las premisas políticas que debería considerar la nueva Ley Orgánica del Trabajo en el marco de la transición al Socialismo?
2. ¿Cuál sería el rol de los trabajadores en las nuevas formas de relaciones laborales?
3. ¿Cuál sería el rol del Estado en el nuevo marco legal?
4. ¿Qué aspectos fundamentales deberían mantenerse de la actual Ley Orgánica del Trabajo y cuáles aspectos pudieran incorporarse para configurar un trabajo digno o decente?
Si bien es un evento institucional de la Dirección organizadora -arriba indicada-, obviamente son interrogantes que daran lugar a varios debates en las relaciones del poder legislativo y la sociedad.
Una de cuestiones preliminares en un debate como el propuesto, que descansa en preguntas que miran hacia el futuro, ha de ser analizar el actual funcionamiento de las relaciones de trabajo. La percepción y el juicio que se tenga, no es sólo un asunto meramente descriptivo, ya que tambien implica valoraciones sobre la contribución de las relaciones de trabajo al mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y al desarrollo estable de los procesos productivos.
Conviene destacar que el debate que acompaña la construcción de reglas de las relaciones entre empleadores y trabajadores, empieza por la naturaleza Política y Técnica, como justamente, aunque colocado inversamente, se deja ver en esta convocatoria de la Mesa Técnica-Política. Ahí estaremos compartiendo con otros invitados a aportar y proponer planteamientos.
domingo, 28 de septiembre de 2008
Estudios del Trabajo y Empresas
Sobre este tema hemos planteado unas ideas preliminares, con ocasión de evento organizado por la Escuela de Relaciones Industriales, que congregó a egresados que se desempeñan en empresas de la zona, así como profesores y estudiantes.
La inquietud se sustenta en la necesidad de ordenar planes que vinculen a la academia con el sector productivo, a los fines de abordar temas de estudio e investigación, para los cuales quienes estudian en la carrera de Relaciones Industriales y en los Postgrados que actualmente funcionan en la Universidad de Carabobo están interesados en prestar su concurso.
Con el propósito de continuar en el análisis e intercambio de este planteamiento se preve participar en evento que organiza el Grupo de Relaciones Industriales del Estado Carabobo, conjuntamente con la Cámara de Industriales del Estado Carabobo, han programado un evento denominado “TENDENCIAS EN LA GESTION DE PERSONAL”, el cual se llevará a cabo en los días 15, 16 y 17 de Octubre de 2008, en el auditorio Don Luis Núñez Pérez, de la Cámara de Industriales. Nuestra participación en el tema indicado será el miércoles 15 de Octubre a las 3 pm.
La inquietud se sustenta en la necesidad de ordenar planes que vinculen a la academia con el sector productivo, a los fines de abordar temas de estudio e investigación, para los cuales quienes estudian en la carrera de Relaciones Industriales y en los Postgrados que actualmente funcionan en la Universidad de Carabobo están interesados en prestar su concurso.
Con el propósito de continuar en el análisis e intercambio de este planteamiento se preve participar en evento que organiza el Grupo de Relaciones Industriales del Estado Carabobo, conjuntamente con la Cámara de Industriales del Estado Carabobo, han programado un evento denominado “TENDENCIAS EN LA GESTION DE PERSONAL”, el cual se llevará a cabo en los días 15, 16 y 17 de Octubre de 2008, en el auditorio Don Luis Núñez Pérez, de la Cámara de Industriales. Nuestra participación en el tema indicado será el miércoles 15 de Octubre a las 3 pm.
miércoles, 10 de septiembre de 2008
Sistemas de Relaciones de Trabajo en transición. ¿Posneoliberalismo en Latinoamérica?
Con este título desarrollamos ponencia en el VI Congreso de Rel.de Trabajo – Buenos Aires-, luego en tertulia con profesores y egresados de la carrera de Relaciones de Trabajo, de la Universidad de Buenos Aires, se replantearon con más detenimiento las razones e interioridades de la tesis.
En primer lugar se abordó el tema del Posneoliberalismo, partiendo de señalar que los países de la región no recibieron los impactos de manera uniforme de estas políticas. Hay que tener presente que las fuerzas políticas y económicas que las propusieron e implementaron, las realizaron sobre unas condiciones en nuestras sociedades que eran en alguna medida diversas. Países en donde estas políticas se impusieron con mayor profundidad y otros un tanto menos. Ello atiende también a las diversas reacciones de sectores, particularmente sus capacidades de resistir y revertir. Este reconocimiento de las diferencias y los contextos, es lógico si se tiene en cuenta incluso el hecho de que organismos como el FMI al diseñar sus propuestas a ser aplicadas, aún con el recetario de pretensión standarizada, no deja de reconocer algunas diferencias en el país en donde se pretende la implantación de un paquete de medidas.
Luego pasamos al elemento central de la ponencia, como fue el admitir el inicio y desarrollo de un proceso de Fragmentación de las Relaciones de Trabajo -RT-. Partiendo del hecho que las RT se construyeron para alcanzar un estado de bienestar, que mejorara las condiciones de vida y de producción, pero que gradualmente las mismas fueron mostrando su incapacidad para contrarrestar por ejemplo los flujos de expulsión de trabajadores que pasaban a situaciones de exclusión. Ello dio lugar a que las RT mostraran un estado de déficit en la cobertura de los sujetos, al cubrir cada vez menos numero de trabajadores.
Si este fenómeno es fragmentación o es deslaboralización, creemos es útil para precisar el nuevo estado de transformaciones que se plantean particularmente en el caso venezolano, pero que estarían planteadas en un ámbito mayor, si es que las mismas tienen éxito a los fines de combatir la exclusión y proveer condiciones para el bienestar y la producción.
Las políticas neoliberales y sus impactos laborales ya conocidos trajeron consigo entre sus consecuencias la deslaboralización, que supone desvestir al trabajador de su condición de tutelado, y pasarlo a la condición de independiente, lo que implica la no cobertura por los mecanismos de las relaciones de trabajo, importante para los empleadores por la reducción de costos que ello trae.
Con la fragmentación, en un principio del movimiento sindical, pero a partir de ello del funcionamiento de las relaciones de trabajo en su conjunto, se intenta hacer un planteamiento de naturaleza distinta a la deslaboralización, e incluso de mayor complejidad, porque va acompañado de políticas que no apuntan a la individualización de las relaciones de trabajo, sino además al fomento y mantenimiento de mecanismos colectivistas pero que no necesariamente se integran con una posición de autonomía y fortalecimiento del movimiento de los trabajadores, sino que por el contrario conducen a la erosión del movimiento sindical.
En primer lugar se abordó el tema del Posneoliberalismo, partiendo de señalar que los países de la región no recibieron los impactos de manera uniforme de estas políticas. Hay que tener presente que las fuerzas políticas y económicas que las propusieron e implementaron, las realizaron sobre unas condiciones en nuestras sociedades que eran en alguna medida diversas. Países en donde estas políticas se impusieron con mayor profundidad y otros un tanto menos. Ello atiende también a las diversas reacciones de sectores, particularmente sus capacidades de resistir y revertir. Este reconocimiento de las diferencias y los contextos, es lógico si se tiene en cuenta incluso el hecho de que organismos como el FMI al diseñar sus propuestas a ser aplicadas, aún con el recetario de pretensión standarizada, no deja de reconocer algunas diferencias en el país en donde se pretende la implantación de un paquete de medidas.
Luego pasamos al elemento central de la ponencia, como fue el admitir el inicio y desarrollo de un proceso de Fragmentación de las Relaciones de Trabajo -RT-. Partiendo del hecho que las RT se construyeron para alcanzar un estado de bienestar, que mejorara las condiciones de vida y de producción, pero que gradualmente las mismas fueron mostrando su incapacidad para contrarrestar por ejemplo los flujos de expulsión de trabajadores que pasaban a situaciones de exclusión. Ello dio lugar a que las RT mostraran un estado de déficit en la cobertura de los sujetos, al cubrir cada vez menos numero de trabajadores.
Si este fenómeno es fragmentación o es deslaboralización, creemos es útil para precisar el nuevo estado de transformaciones que se plantean particularmente en el caso venezolano, pero que estarían planteadas en un ámbito mayor, si es que las mismas tienen éxito a los fines de combatir la exclusión y proveer condiciones para el bienestar y la producción.
Las políticas neoliberales y sus impactos laborales ya conocidos trajeron consigo entre sus consecuencias la deslaboralización, que supone desvestir al trabajador de su condición de tutelado, y pasarlo a la condición de independiente, lo que implica la no cobertura por los mecanismos de las relaciones de trabajo, importante para los empleadores por la reducción de costos que ello trae.
Con la fragmentación, en un principio del movimiento sindical, pero a partir de ello del funcionamiento de las relaciones de trabajo en su conjunto, se intenta hacer un planteamiento de naturaleza distinta a la deslaboralización, e incluso de mayor complejidad, porque va acompañado de políticas que no apuntan a la individualización de las relaciones de trabajo, sino además al fomento y mantenimiento de mecanismos colectivistas pero que no necesariamente se integran con una posición de autonomía y fortalecimiento del movimiento de los trabajadores, sino que por el contrario conducen a la erosión del movimiento sindical.
sábado, 23 de agosto de 2008
LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Los procesos recientes de nacionalizaciones, estatizaciones y re-estatizaciones, ofrecen la oportunidad de que la representación de los trabajadores juegue un papel activo a través de la figura de los Directores Laborales.
¿De que se trata esta figura? Se trata de la representación de EL TRABAJO en los directorios de las Empresas del Estado, Institutos Autónomos y Organismos de Desarrollo Económico o Social del sector público. Se entiende que en estos directorios se observa la representación mayoritaria del Ejecutivo, en algunos casos del Poder Legislativo, también de otros estamentos de la sociedad, sea por ejemplo de el capital privado, de los usuarios, de las comunidades. Se trata de una representación del colectivo laboral, con su diversidad de categorías y calificaciones, pero en todo caso de asalariados al servicio de la entidad pública correspondiente.
Desde el punto de vista normativo la figura del Director Laboral ha pasado por tres etapas. La de su nacimiento en 1966. Se entiende que nace como una manifestación del acuerdo entre las élites políticas y el liderazgo sindical de fortalecer el papel institucional del movimiento sindical, que ya había mostrado su identificación con el proceso político en desarrollo, sacrificando incluso el desprendimiento de algunas de las fuerzas que conformaban la CTV unitaria que salió del III Congreso de 1959. Esta etapa permitió al liderazgo de esta central, la oportunidad de que sus dirigentes ocuparan posiciones en los directorios de los entes públicos mencionados. La central mas representativa, léase en esta etapa histórica la CTV, tenía el monopolio de esta representación; ella nombraba y destituía.
La segunda etapa, fue la que se expresa en la Ley Orgánica del Trabajo – 1991 en adelante-, en donde se agrega un segundo Director Laboral, pero esta vez electo por los trabajadores, y además se exigía la condición de trabajador del ente correspondiente. Indudablemente un avance participativo.
Y la tercera etapa es la que nace con el proceso constituyente del 1999-2000, que plantea la elección por los trabajadores de los dos Directores Laborales. Otro avance indudable.
Ahora veamos desde el punto de vista de los resultados el funcionamiento de la representación de EL TRABAJO por parte de los Directores. En la primera etapa el liderazgo cupular del movimiento sindical brindó una suerte de premio o reconocimiento a sus líderes y aliados, al nombrarlos para que ejercieran la representación laboral. Se careció de un plan estratégico en el cual se enmarcara el ejercicio de esta representación. Por otro lado al estar desvinculado de las bases, tanto el nombramiento como su ejercicio, obviamente no lo sintieron los trabajadores como una representación propia; se puede más bien decir que contribuyó a la burocratización del sindicalismo en sus más altas esferas.
La segunda etapa, remozó esta figura con la elección directa de al menos uno de los dos Directores Laborales. De todos modos una representación elegida por las bases resulta más comprometida, así como generadora de mayores resistencias por parte de otros factores de poder.
En cuanto a la tercera etapa, ha sido sin duda la que levantó mayores expectativas, ya que nace enmarcada en un ambiente discursivo favorable a la participación y al protagonismo democrático. Además en esta tercera etapa, del 2000 en adelante, se han multiplicado los entes estatales, teóricamente sujetos de esta representación laboral o de EL TRABAJO.
Un ejercicio de las entidades públicas sujetas de la representación laboral puede perfectamente implicar varios cientos de instituciones. Por un lado cuantos Institutos Autónomos, Bancos o entidades financieras y de desarrollo, Empresas del Estado con al menos la propiedad de un 50% del capital, cuantos organismos de desarrollo económico y social. Téngase presente las entidades nacionales, las regionales, las municipales.
No obstante los auspicioso del discurso acompañante de las medidas vinculadas con el ejercicio de la democracia (protagónica y participativa en un primer momento) y luego del socialismo, podía ofrecer a la figura de la representación laboral, esta se ha venido a menos. La sólo existencia de los Directores Laborales en el universo de las instituciones en las cuales ha de ejercerse, muestra su inexistencia en un alto porcentaje. Por otro lado en casos emblemáticos por la importancia de estas instituciones, se ha sustituido la elección directa por las bases, por el nombramiento del Ejecutivo, casos Pdvsa y Cadafe.
Para terminar, y volviendo al inicio de este texto, las recientes re estatizaciones en teléfonos, siderurgia, y las estatizaciones en electricidad, alimentación, banca, así como el fomento de cientos de nuevos entes estatales, ofrecen una oportunidad para la práctica de la democracia y del socialismo, con la elección de los Directores Laborales por las bases. Y para el mundo de los trabajadores es un exigente desafío recuperar esta representación y ejercerla de manera trascendente. Las primeras experiencias mostraron que los Directores Laborales no tuvieron claro el papel que debían de jugar, y fácilmente fueron presa del consciente papel de los otros actores en las mesas directivas. Este riesgo no ha desaparecido, ya que persiste como un bien trascendente la autonomía de el mundo de EL TRABAJO.
¿De que se trata esta figura? Se trata de la representación de EL TRABAJO en los directorios de las Empresas del Estado, Institutos Autónomos y Organismos de Desarrollo Económico o Social del sector público. Se entiende que en estos directorios se observa la representación mayoritaria del Ejecutivo, en algunos casos del Poder Legislativo, también de otros estamentos de la sociedad, sea por ejemplo de el capital privado, de los usuarios, de las comunidades. Se trata de una representación del colectivo laboral, con su diversidad de categorías y calificaciones, pero en todo caso de asalariados al servicio de la entidad pública correspondiente.
Desde el punto de vista normativo la figura del Director Laboral ha pasado por tres etapas. La de su nacimiento en 1966. Se entiende que nace como una manifestación del acuerdo entre las élites políticas y el liderazgo sindical de fortalecer el papel institucional del movimiento sindical, que ya había mostrado su identificación con el proceso político en desarrollo, sacrificando incluso el desprendimiento de algunas de las fuerzas que conformaban la CTV unitaria que salió del III Congreso de 1959. Esta etapa permitió al liderazgo de esta central, la oportunidad de que sus dirigentes ocuparan posiciones en los directorios de los entes públicos mencionados. La central mas representativa, léase en esta etapa histórica la CTV, tenía el monopolio de esta representación; ella nombraba y destituía.
La segunda etapa, fue la que se expresa en la Ley Orgánica del Trabajo – 1991 en adelante-, en donde se agrega un segundo Director Laboral, pero esta vez electo por los trabajadores, y además se exigía la condición de trabajador del ente correspondiente. Indudablemente un avance participativo.
Y la tercera etapa es la que nace con el proceso constituyente del 1999-2000, que plantea la elección por los trabajadores de los dos Directores Laborales. Otro avance indudable.
Ahora veamos desde el punto de vista de los resultados el funcionamiento de la representación de EL TRABAJO por parte de los Directores. En la primera etapa el liderazgo cupular del movimiento sindical brindó una suerte de premio o reconocimiento a sus líderes y aliados, al nombrarlos para que ejercieran la representación laboral. Se careció de un plan estratégico en el cual se enmarcara el ejercicio de esta representación. Por otro lado al estar desvinculado de las bases, tanto el nombramiento como su ejercicio, obviamente no lo sintieron los trabajadores como una representación propia; se puede más bien decir que contribuyó a la burocratización del sindicalismo en sus más altas esferas.
La segunda etapa, remozó esta figura con la elección directa de al menos uno de los dos Directores Laborales. De todos modos una representación elegida por las bases resulta más comprometida, así como generadora de mayores resistencias por parte de otros factores de poder.
En cuanto a la tercera etapa, ha sido sin duda la que levantó mayores expectativas, ya que nace enmarcada en un ambiente discursivo favorable a la participación y al protagonismo democrático. Además en esta tercera etapa, del 2000 en adelante, se han multiplicado los entes estatales, teóricamente sujetos de esta representación laboral o de EL TRABAJO.
Un ejercicio de las entidades públicas sujetas de la representación laboral puede perfectamente implicar varios cientos de instituciones. Por un lado cuantos Institutos Autónomos, Bancos o entidades financieras y de desarrollo, Empresas del Estado con al menos la propiedad de un 50% del capital, cuantos organismos de desarrollo económico y social. Téngase presente las entidades nacionales, las regionales, las municipales.
No obstante los auspicioso del discurso acompañante de las medidas vinculadas con el ejercicio de la democracia (protagónica y participativa en un primer momento) y luego del socialismo, podía ofrecer a la figura de la representación laboral, esta se ha venido a menos. La sólo existencia de los Directores Laborales en el universo de las instituciones en las cuales ha de ejercerse, muestra su inexistencia en un alto porcentaje. Por otro lado en casos emblemáticos por la importancia de estas instituciones, se ha sustituido la elección directa por las bases, por el nombramiento del Ejecutivo, casos Pdvsa y Cadafe.
Para terminar, y volviendo al inicio de este texto, las recientes re estatizaciones en teléfonos, siderurgia, y las estatizaciones en electricidad, alimentación, banca, así como el fomento de cientos de nuevos entes estatales, ofrecen una oportunidad para la práctica de la democracia y del socialismo, con la elección de los Directores Laborales por las bases. Y para el mundo de los trabajadores es un exigente desafío recuperar esta representación y ejercerla de manera trascendente. Las primeras experiencias mostraron que los Directores Laborales no tuvieron claro el papel que debían de jugar, y fácilmente fueron presa del consciente papel de los otros actores en las mesas directivas. Este riesgo no ha desaparecido, ya que persiste como un bien trascendente la autonomía de el mundo de EL TRABAJO.
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