sábado, 15 de junio de 2013

UNIVERSIDADES: POLITICA SALARIAL Y CALIDAD DE VIDA


Febrero de 1989 - los días 27 y 28-, es recordado en la historia reciente de nuestro país por los complejos sucesos que en la literatura han sido llamados el “caracazo” o el “sacudón”. Realmente fue un fenómeno que ocurrió más allá de la capital y se tradujo en levantamientos colectivos populares a partir de problemas de precios y escasez de bienes y servicios esenciales.

Previos a estos sucesos ya se había instalado la comisión tripartita que revisaba y discutía el salario mínimo nacional. El ritmo de la negociación fue de pronto acelerado por estos acontecimientos de calle, lo que facilitó que la negociación concluyera favorable y rápidamente para ajustar el salario.

Dos elementos se rescatan de estos párrafos iniciales. Por un lado, que la inflación y la escasez son estimulantes claves de negociaciones en materia salarial. Y por el otro, que la protesta de calle es muy influyente de lo que ocurre en las mesas de negociación. 

En el continuado desarrollo de la grave situación de precios, así como de escasez de productos y precariedad de servicios públicos, han determinado que las protestas laborales ocupen la primera causa de protesta nacional.

El conflicto universitario por recuperar mejores condiciones de trabajo así como para el ejercicio de la academia, moviliza a sus segmentos laborales, así como a una importante proporción de los estudiantes.

En el medio universitario desde 1982 se estableció para las negociaciones salariales las Normas de Homologación, que se asemejan a la revisión de los salarios mínimos  en tomar como bases los índices de inflación del BCV. En su artículo 13, se señala:


Las tablas de sueldo serán revisadas por el Consejo Nacional de Universidades cada dos años y se tomará en cuenta como criterio para su modificación el índice promedio [Nacional] del costo de la vida durante los dos años anteriores, según los datos del Banco Central de Venezuela. Los beneficios adicionales serán revisados también cada dos años. A tales fines, se consultará la opinión de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (F.A.P.U.V.)”

Años más tarde, la Ley Orgánica del Trabajo, de 1990, estableció en su Articulo 167:

Una Comisión Tripartita Nacional revisará los salarios mínimos, por lo menos una vez al año y tomando como referencia, entre otras variables, el costo de la canasta alimentaria. La Comisión tendrá un plazo de treinta (30) días contados a partir de su instalación en el transcurso del mes de enero de cada año, para adoptar una recomendación.”

La Constitución de la RBV en su artículo 91, reitera la revisión anual y que una de sus referencias será el costo de la canasta básica.  Luego el DLOTTT del 2012, establece el procedimiento y omite el mecanismo tripartito, dejando en manos del Ejecutivo Nacional fijar el salario mínimo, “mediante amplia consulta.. de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica” –art. 129-

Con las referencias anteriores se observa que las NH revisan las tablas de sueldos del personal académico de las universidades,  y que lo relativo a los salarios mínimos nacionales,  sea el régimen tripartito establecido en 1990, o el centralizado en el Ejecutivo de los últimos años, tienen en común que refieren a los datos del BCV sobre costo de vida y costo de la canasta alimentaria.

   Es por supuesto lógico que las revisiones salariales de los mínimos y de los salarios en general tengan presente los índices del BCV que afectan directamente al salario nominal de los trabajadores. Según cómo se manejen los incrementos estaremos en presencia de tres hipótesis: 1- aumentos reales de salarios; 2-mantenimiento salarial; y 3- pseudo aumentos, que simplemente constituyen rebajas salariales, que es lo que ocurre al no compensarse al menos el deterioro salarial por la inflación.

   La primera hipótesis se conoció en los sueldos universitarios en los años sesenta y setenta, luego la segunda –mantenimiento salarial- sólo en contados años, que fueron los primeros de la vigencia de las NH, y a principios del período bolivariano. Pero la mayor parte del tiempo los sueldos universitarios han estado en la opción tercera, es decir los engañosos pseudo aumentos, ya que ocurren desfasados, atrasados y por debajo de los índices del costo de vida.

   Se destaca que esto último es la política general salarial que desde el Estado ha predominado para sus servidores. Escapan de esta crisis algunos segmentos laborales al servicios del Estado, pero sólo en algunos específicos períodos, como es el caso de los militares, el personal del Seniat, los Jueces.

   Toda política salarial que no descanse en los índices de aumento del costo de vida es inconsistente y lesiva para los trabajadores. En ese sentido, tanto teórica como técnicamente las NH es una propuesta asertiva. Una revisión salarial general que se elabore a partir de un sistema así debe ser el piso, para ir a partir de ahí buscando opciones que mejoren los salarios reales, según diversos factores que forman parte de la política del organismo empleador específico negociador, así como del ámbito económico y social general.

   Sobre la vigencia de las NH, a la fecha no existe ninguna disposición derogatoria, sin embargo si el Ejecutivo y el Estado en general se planteen derogarlas, en tal caso cabe invocar tres principios constitucionales que han de respetarse como son los de progresividad, intangibilidad e irrenunciabilidad – Art. 89 de la CRBV-Ello conlleva la hipótesis de que las NH puedan ser sustituidas por una opción de revisión salarial más avanzada, que ofrezca mayores garantías de ajustes y mejoras salariales.

   Con el deterioro continuado de los salarios reales, en todo el aparato público nacional, ocurre que al final los trabajadores también financian con su deterioro de calidad de vida, la prestación de los servicios estatales. Confabulándose sin proponérselo a que las políticas económicas y sociales en general sigan siendo erráticas y no se produzcan los cambios necesarios, que corrijan tanta distorsión, corrupción e impericia. Al final nuestro deterioro de la calidad de vida es la financista.

2 comentarios:

Solange C Noguera dijo...

Gracias por su aporte al tema. Me queda una inquietud en relación al cierre del artículo ...

"Al final nuestro deterioro de la calidad de vida es la financista."

¿qué significa realmente?

Hector Lucena dijo...

Hola! .. La frase previa .. Conectada con esta del cierre del artículo, nos da la explicación q queremos llamar la atención.. Es decir, el deterioro de nuestros ingresos ayuda sin proponerselo a mantener la corrupción, desastre e impericia gerencal¡,