Los estrechos resultados electorales del 14 de Abril han
estimulado reacciones extremas en diversos aspectos, de ellos analizamos aquellos
que se relacionan con el empleo, concretamente con la discriminación por
razones de opinión política.
La mayor
cantidad de los empleos creados en la última década han sido en en el sector
público. La administración central ha multiplicado sus funcionarios. El número
de ministerios y oficinas públicas agregan constantemente más personal. Igual
ocurre con la administración en las gobernaciones y alcaldías.
En cuanto a
las empresas del estado, se han mantenido las que existían para 1999, pero han
aumentado su nóminas, además han nacido otras entidades públicas. Por el lado
de las estatizaciones lo que ha ocurrido es la transferencia de trabajadores
del sector privado al público. En muchos de estos casos desmejorando las
condiciones de trabajo, como es el incumplimiento o congelación de los
convenios colectivos.
Los empleos
en todas estas entidades son empleos al servicio del Estado. Es una distinción
importante la que ha de hacerse entre Estado y Gobierno. Se reconoce que un
segmento de funcionarios de dirección constituye el colectivo que además de
prestar servicios al Estado, son funcionarios de dirección y de la confianza
del Gobierno, ya que son tomadores de decisión.
El total de
personas al servicio del Estado se ubica por los dos y medio millones, un 20%
de la población económicamente activa, es de los más altos del mundo, y sin
duda es el más alto en América Latina.
A lo largo
del siglo XX la distinción entre Estado y Gobierno no ha sido clara. Quién
controla el Gobierno aspira arrasar con todo lo que es el Estado. No es solo un
asunto de socialismo o capitalismo, es más bien un tema de más o menos
democracia y ciudadanía.
En nuestro
caso quién gobierna, es receptor y administrador de la renta petrolera y de los
tributos de los ciudadanos y empresas. Teóricamente es controlado por los otros
poderes, a quienes le rinde cuentas. Estos controles se hicieron presentes al
momento que gobernaban los copeyanos, en tanto los adecos controlaban el poder
legislativo y judicial, más que un desarrollo de ciudadanía era la protección
que los adecos le brindaban a su gente. Ocurrió en dos períodos
gubernamentales, también en el segundo gobierno de R Caldera, que llegó al
poder con poco más del 30% de los electores. Pero desde el 2000, se ha venido
perdiendo el balance de poderes, y con ello el control se ha diluido.
Además tanto se habla del poder
ciudadano, pero hasta ahora es una figura etérea y difusa, que por los momentos
ha tenido pocos resultados concretos, sin embargo se entiende que la cultura
del culto al poder influye y obstaculiza un verdadero desarrollo de este
concepto.
La
inquietud que se muestran en los párrafos anteriores, lleva a recordar que
desde 1971 el país adhirió y ratifico el Convenio No 111 (1958) sobre la
Discriminación en el empleo (empleo y ocupación).
En el preámbulo de este convenio
se señala:
“Considerando que la
Declaración de Filadelfia afirma que todos los seres humanos, sin distinción de
raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su
desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad
económica y en igualdad de oportunidades, y
Considerando además
que la discriminación constituye una violación de los derechos enunciados por
la Declaración Universal de los Derechos Humanos”
En su artículo 1, el convenio
señala_
“A los efectos de este
Convenio, el término discriminación comprende:
a) cualquier
distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo,
religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por
efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y
la ocupación;
b) cualquier otra
distinción, exclusión o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la
igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación..”
La llamada
“Lista Tascon” ha sido condenada y criticada por quienes entienden el empleo
como un derecho humano, y no como una actividad al servicio de una determinada
organización partidista, sino al servicio del Estado y de los ciudadanos en
general. Reiteramos que quienes ocupan funciones de dirección se entiende su
compromiso político partidista y de ahí las exigencias de lealtad con su
organización, ayer Acción Democrática o Copei y hoy el Psuv. Pero así como ayer
era una arbitrariedad extender discriminaciones en ese orden a funcionarios
operativos, técnicos y profesionales, hoy es aún más grave por contar con una
Constitución que tanto en su preámbulo como en su articulado condena la
discriminación por razones de opinión política.
En la CRBV
es reiterativa la condena a todo tipo de discriminación por razones de opinión
política. En cuanto al trabajo, en su artículo 89, que empieza “El trabajo es
un hecho social y gozará de la protección del Estado”, y luego en su ordinal 5
“Se prohíbe todo tipo de discriminación
por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra
condición”
Las
declaraciones incitando a la discriminación en el empleo, demandan que
autoridades del trabajo y de protección al ciudadano hagan valer su deber
constitucional.
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