sábado, 20 de abril de 2013

Discriminación en el empleo y resultados electorales



Los estrechos resultados electorales del 14 de Abril han estimulado reacciones extremas en diversos aspectos, de ellos analizamos aquellos que se relacionan con el empleo, concretamente con la discriminación por razones de opinión política.

            La mayor cantidad de los empleos creados en la última década han sido en en el sector público. La administración central ha multiplicado sus funcionarios. El número de ministerios y oficinas públicas agregan constantemente más personal. Igual ocurre con la administración en las gobernaciones y alcaldías.

            En cuanto a las empresas del estado, se han mantenido las que existían para 1999, pero han aumentado su nóminas, además han nacido otras entidades públicas. Por el lado de las estatizaciones lo que ha ocurrido es la transferencia de trabajadores del sector privado al público. En muchos de estos casos desmejorando las condiciones de trabajo, como es el incumplimiento o congelación de los convenios colectivos.

            Los empleos en todas estas entidades son empleos al servicio del Estado. Es una distinción importante la que ha de hacerse entre Estado y Gobierno. Se reconoce que un segmento de funcionarios de dirección constituye el colectivo que además de prestar servicios al Estado, son funcionarios de dirección y de la confianza del Gobierno, ya que son tomadores de decisión.

            El total de personas al servicio del Estado se ubica por los dos y medio millones, un 20% de la población económicamente activa, es de los más altos del mundo, y sin duda es el más alto en América Latina.  
           
            A lo largo del siglo XX la distinción entre Estado y Gobierno no ha sido clara. Quién controla el Gobierno aspira arrasar con todo lo que es el Estado. No es solo un asunto de socialismo o capitalismo, es más bien un tema de más o menos democracia y ciudadanía. 

            En nuestro caso quién gobierna, es receptor y administrador de la renta petrolera y de los tributos de los ciudadanos y empresas. Teóricamente es controlado por los otros poderes, a quienes le rinde cuentas. Estos controles se hicieron presentes al momento que gobernaban los copeyanos, en tanto los adecos controlaban el poder legislativo y judicial, más que un desarrollo de ciudadanía era la protección que los adecos le brindaban a su gente. Ocurrió en dos períodos gubernamentales, también en el segundo gobierno de R Caldera, que llegó al poder con poco más del 30% de los electores. Pero desde el 2000, se ha venido perdiendo el balance de poderes, y con ello el control se ha diluido.

Además tanto se habla del poder ciudadano, pero hasta ahora es una figura etérea y difusa, que por los momentos ha tenido pocos resultados concretos, sin embargo se entiende que la cultura del culto al poder influye y obstaculiza un verdadero desarrollo de este concepto.

            La inquietud que se muestran en los párrafos anteriores, lleva a recordar que desde 1971 el país adhirió y ratifico el Convenio No 111 (1958) sobre la Discriminación en el empleo (empleo y ocupación).

En el preámbulo de este convenio se señala:

“Considerando que la Declaración de Filadelfia afirma que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades, y

Considerando además que la discriminación constituye una violación de los derechos enunciados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos”

En su artículo 1, el convenio señala_

“A los efectos de este Convenio, el término discriminación comprende:
a) cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación;
b) cualquier otra distinción, exclusión o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación..”

            La llamada “Lista Tascon” ha sido condenada y criticada por quienes entienden el empleo como un derecho humano, y no como una actividad al servicio de una determinada organización partidista, sino al servicio del Estado y de los ciudadanos en general. Reiteramos que quienes ocupan funciones de dirección se entiende su compromiso político partidista y de ahí las exigencias de lealtad con su organización, ayer Acción Democrática o Copei y hoy el Psuv. Pero así como ayer era una arbitrariedad extender discriminaciones en ese orden a funcionarios operativos, técnicos y profesionales, hoy es aún más grave por contar con una Constitución que tanto en su preámbulo como en su articulado condena la discriminación por razones de opinión política.

            En la CRBV es reiterativa la condena a todo tipo de discriminación por razones de opinión política. En cuanto al trabajo, en su artículo 89, que empieza “El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado”, y luego en su ordinal 5 “Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición

            Las declaraciones incitando a la discriminación en el empleo, demandan que autoridades del trabajo y de protección al ciudadano hagan valer su deber constitucional.  

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