Venezuela en el Consejo de los Derechos Humano de la
Organización de la Naciones Unidas. Aspiramos que este ingreso se convierta en
beneficios en primer lugar para el propio campo de los DDH en el país, ya que
este consejo es responsable del fortalecimiento de la promoción y la protección
de los derechos humanos en el mundo, con el objetivo principal de considerar
las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones
al respecto .
El
Consejo DDHH es un órgano intergubernamental de reciente formación, apenas de
2006; aunque sustituye a otra entidad ocupada del tema – la Comisión de DDHH,
nacida en 1947- Está formado por
47 países miembros, cada año un tercio de ellos es renovado por períodos de
tres años, pudiendo ser reelectos hasta por dos periodos consecutivos.
La
composición del Consejo DDHH ofrece 8 puestos para América Latina y el Caribe,
entendiendo que el resto corresponde a las demás regiones del planeta. Sus
mecanismos de funcionamiento incluyen el examen periódico universal, un comité
asesor y un método de denuncias. Por cierto que en el pasado año Venezuela fue
sometida al primero de estos mecanismos y de ahí resulto un paquete de 95
recomendaciones.
En
esta ocasión el Consejo tenía tres puestos disponibles para América Latina,
para los cuales se postularon tres Estados, a saber Argentina, Brasil y
Venezuela. Por tanto era imposible que alguno de estos no fuera escogido. Hay
que tener claro que esta escogencia no implica un juicio de la situación de los
derechos humanos en los correspondientes países. Mas bien se trata de cumplir
con las cuotas regionales previstas desde el nacimiento del Consejo.
No
obstante lo anterior que el país ingresa a este Consejo, existen casos de
derechos humanos que el Estado venezolano debería subsanar. Las organizaciones
no gubernamentales y especialistas en el tema han aprovechado la oportunidad
para llamar la atención de estos asuntos pendientes que el país tiene en la
materia.
En
el ámbito del trabajo, sirva el ingreso de Venezuela a este consejo, para
retomar algunos retrasos institucionales sobre los cuales ha habido
señalamientos en diversas instancias sin que se hayan logrado resultados
importantes.
De
ellos es destacable la restricción a la libertad sindical, y la abierta
violación del convenio No 87 de la Organización Internacional del Trabajo, que el Estado venezolano ha ratificado
y por tanto debe cumplir con su contenido. Lo más llamativo de la violación de
este convenio es el hacer intervenir al Consejo Nacional Electoral en lo
relativo a las elecciones sindicales, de hecho es el órgano del cual depende la
convocatoria a las elecciones y el reconocimiento de los resultados. El CNE es
un órgano del Estado y en cuya composición e integración no hay ninguna
relación con el movimiento sindical, entonces es un órgano estatal que le es
totalmente ajeno. Los hechos son evidentes de cómo se ha atrofiado el ejercicio
de la actividad sindical autónoma a partir de este intervencionismo.
En
un momento dado el Ejecutivo Nacional reconoció esta anomalía e incluyó la
eliminación de esta disposición en una propuesta de reforma constitucional del
año 2007. Si bien no se logró la aprobación de esta reforma, luego ha habido
poco interés en solventar esta situación. Por el contrario continua siendo el
tema de las elecciones sindicales una vía para obstaculizar el libre
desenvolvimiento del movimiento, lesionando así la autonomía y libertad sindical.
Adicionalmente
hay otros temas pendientes en cuanto a DDHH que es oportuno resaltar, uno es la
criminalización de la actividad sindical. Hay más de cien casos de dirigentes y
trabajadores enjuiciados por el hecho de promover y participar en protestas
eminentemente laborales. Otro es la discriminación laboral para el ingreso a
prestar servicios en las entidades estatales del gobierno nacional, y de
aquellas descentralizadas controlados por oficialismo, hecho sumamente critico
en un país en donde el mayor empleador es el Estado.
Finalmente
el caso más llamativo es el
asesinato de dirigentes y trabajadores sin que se activen los órganos del
Estado para encarar este agudo problema. Los casos de enjuiciamiento son muy
pocos, y sentenciados aún menos. El pasado año con motivo del Examen Periódico
Universal, organizaciones no gubernamentales documentaron 185 casos, hoy un año
más tarde se agrega un centenar de casos en iguales circunstancias.
Terminamos
manifestando que es una excelente ocasión
que la incorporación de Venezuela al Consejo de DDHH de la ONU, se
convierta para la nación en una oportunidad para superar estos rezagos en
materia de DDH del ámbito laboral.
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