Ya es un hecho que el país cuenta con una nueva legislación laboral. Ahora llamada Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, que para mayor facilidad llamaremos LOTTT.
Es un texto que contiene modificaciones que exceden lo que venía siendo identificada como reforma puntual. Es decir que fue más allá de la modificación requerida por la disposición transitoria, que refiere al régimen de prestaciones sociales, a la reducción de la jornada y al aumento del tiempo para las prescripciones. También fue más allá de la reforma que llamamos adecuación, que incorporaría normas que adaptaban la nueva ley laboral a modificaciones que estaban en el cuerpo de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela.
La reforma que tenemos por delante cabe en la categorización de reforma amplia, y como lo dice el Vicepresidente para el Área Social, Nicolás Maduro “es la primera ley en el tránsito y en la construcción del socialismo”. Esa afirmación obliga a analizar detenidamente todo este texto, así como el desarrollo de las instituciones que le acompañan. Esta frase ya se ha oído con anterioridad al aprobarse otras leyes.
En nuestra contribución anterior veníamos analizando el fomento o promoción del empleo, destacando la manera como se ha venido comportando el mercado laboral, y como es obvio los condicionantes central de este tema están ligados al marco regulatorio existente, a las inversiones y la confianza existente.
Toca investigar aspectos de esta nueva LOTTT que inciden en la confianza de los inversionistas y empleadores, especialmente para estimular o no las inversiones, condición necesaria para la creación de empleos.
Los gremios empresariales han sido parcos en revelar sus análisis al respecto. Suponemos estarán abocados a ello. Lo que sí ha predominado son las naturales declaraciones opuestas y/o escépticas en torno al proceso seguido para la construcción de esta nueva ley, y con toda razón ya que tuvo un notable déficit de participación empresarial. Es importante conocer de fuente directa que el empresariado informe con elementos lo más objetivo posible, sobre el impacto de esta ley en el funcionamiento productivo.
Ya con el marco regulatorio anterior y el conjunto de las políticas económicas, el empleo se venía resintiendo. Sólo crecía a nivel formal el empleo público, pero con las reservas de que la mayor parte era simplemente empleos de pasaban del sector privado al público, consecuencia de las estatizaciones. En tanto el empleo informal mantiene su espacio en el conjunto de la población económicamente activa.
¿A cuantas personas beneficiará esta ley? A la población trabajando en el sector formal sin duda. En la informalidad, no dejará de beneficiarle pero en una proporción menor. Las unidades productivas en este sector no son fácilmente controlables e inspeccionables por las instituciones de la Administración del Trabajo.
Hay que recordar que en los seis y medio millones que laboral en el sector formal, según el concepto de informalidad adoptado por OIT en 2003, y que aún no ha lo ha sido por la entidad de recolección y procesamiento estadístico nacional –INE-, hay importantes contingentes de informales, dado el hecho de no estar cubiertos por la legislación y la seguridad social. En un análisis posterior es importante observar que tantos elementos se observan en este nuevo texto que contribuyan a integrar en la formalidad a estos contingentes.
Hemos destacado que una legislación del trabajo es una regulación para la relación entre las partes; sin embargo en el discurso oficial se repite erróneamente que es una ley para los trabajadores. Si que quiere construir autenticas leyes e instituciones para los trabajadores hay dos campos esperando ser atendidos, uno el de la seguridad social y el otro el del empleo. Ahí están las opciones esperando.
Parece que en ese orden de ideas, se inscribiría la reciente medida de plantear desde el Ejecutivo que los trabajadores informales pasarían a la Seguridad Social. Es un anuncio que no trae nada nuevo, porque ya desde hace largos años, existe en la Seguridad Social el régimen de inscripción de los informales, pero que ha tenido muy poco éxito. Una razón importante es porque exige a los informales cotizar tanto el aporte de trabajador como el aporte patronal, sumando todo el 13%, mucho más que lo cotizado por los trabajadores dependientes del sector formal. Se confirma este mismo esquema, así que no parece cambiará mucho lo que hasta ahora ha ocurrido.
Con el régimen prestacional de empleo, vigente desde el 2005, y sin construirse la institucionalidad necesaria, deja como resultado que todo el potencial de apoyo que el Ejecutivo debe a los trabajadores en cuento a empleo, orientación, inserción, capacitación, formación, se dejan de ejecutar.
Hay mucho que hacer con la denominación de una ley de y para los trabajadores.
sábado, 5 de mayo de 2012
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