domingo, 15 de septiembre de 2013

UNA REVOLUCION QUE DESCONFIA DEL MOVIMIENTO DE LOS TRABAJADORES


Las conquistas laborales se logran y mantienen en varios escenarios.  Identificadas desde el espacio de los más específico al más general, tenemos el centro de trabajo o productivo como primer escenario. Luego la comunidad en donde se desenvuelven tanto la empresa como los trabajadores, aquí incluimos a las familias. Más allá tenemos el conjunto de la sociedad y la nación toda, y en tiempos de globalización e integración, la acción internacional es también un escenario.

Pero  cabe preguntarse ¿como puede un sindicato abarcar tanto? Entonces es cuando se hace necesario tener presente una estructura sindical, y otras organizaciones en las cuales se desenvuelven y activan los trabajadores.

En los tiempos que actualmente corren una característica del sindicalismo es no contar con una estructura que lo integre en el plano horizontal y vertical, es decir en los espacios geográficos desde el municipio, pasando por los estados hasta el país. Varios esfuerzos de los últimos años no han cuajado, hay q tener presente que la Revolución desconfía del sindicalismo. 

         En tanto la integración vertical, es lo que refiere a los distintos eslabones que los procesos productivos requieren para su funcionamiento. Todas las actividades productivas se desenvuelven con un algún grado de integración vertical, ya que reciben materias primas, suministros y servicios, los procesan y finalmente los resultados en productos y servicios se destinan a otros que forman los eslabones siguientes de la cadena productiva. Si el sindicalismo carece de esta articulación que es propia del proceso productivo, se le hace difícil dispone de la visión suficiente para ejercer con efectividad su función representativa del factor trabajo.  

Construir una estructura articulada como lo hemos descrito es una tarea titánica al tiempo que  imperiosa.  Este tipo de funcionamiento del movimiento sindical lo vemos en sociedades en donde su peso es clave y efectivo en lo productivo, lo político y lo social, y no un apéndice manejado desde el patronato estatal o privado. 

          Los múltiples escenarios descritos en el primer párrafo, demandan que el sindicalismo también se exprese como movimiento de los trabajadores. Aquí cabe precisar que movimiento sindical y movimiento de los trabajadores, son dos concretas categorías que se complementan y no se oponen.  Una, el sindicato está regulado por la legislación socio-laboral que incide en sus actuaciones en el espacio productivo. En tanto el movimiento de los trabajadores es un actor necesario para ir más allá del espacio productivo particular, y trasciende a todos los otros espacios, comunidad, sociedad, país y lo internacional. Todos necesarios para el logro y mantenimiento de sus conquistas. 

Se afirma que la legislación socio-laboral provee por un lado los derechos mínimos que han de servir para el desenvolvimiento del trabajador como individuo que presta sus servicios a un empleador, así como obligaciones que son propias de esta relación. En cambio en lo colectivo ha de fijarse el marco para que los trabajadores organicen sus sindicatos y mantengan las normales relaciones con el o los empleadores, utilizando sus mecanismos de negociación y eventualmente conflictos. 

Se desprende que quedan espacios que van más allá del sindicato, aún más si el tipo de organización se basa en el espacio de la empresa o centro de trabajo. Es por lo que hay necesidad de tener presente la estructura del movimiento, así como más promoción y atención a las organizaciones de rama productiva, y de alcance más allá del establecimiento, es decir la región o el país todo. 

Todo lo planteado tiene como precondición la autonomía de las organizaciones, de lo contrario es un camino que será difícil de recorrer. Veamos que un movimiento de los trabajadores no es una categoría que tenga sentido sea objeto de regulaciones, ya que es un actor político-laboral que si bien cohabita con las organizaciones que conforman el movimiento sindical, que son las reguladas en el ámbito de los espacios productivos y de las relaciones laborales, ha de tener una agenda socio política para desenvolverse en los espacios sociedad y nación. 

Los partidos políticos tienen una expresión para los asuntos laborales y de los trabajadores, así como para otras dimensiones, por ejemplo comunidades, jóvenes, campesinos, sectores medios, mujeres, tercera edad. Todos ellos configuran los movimientos sociales. Aunque estos movimientos bien pueden desenvolverse sin ser expresión de un partido, aunque algún grado de coordinación es importante. Han de actuar en el marco del estado de derecho, como todas las personas y la sociedad en general. Pero han de perseguir sus fines con amplitud. 

En la legislación laboral recién puesta en práctica  a través del Decreto con rango y fuerza de ley del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras –DLOTT-, a los sindicatos se les agregan tareas y finalidades que son propias del movimiento de los trabajadores. Véase especialmente el artículo 367 “Atribuciones y finalidades de los sindicatos de trabajadores y trabajadoras”. Téngase presente que tradicionalmente a los sindicatos se le restringía su autonomía con el intervencionismo estatal. Ahora con la DLOTT, el intervencionismo es aún mayor. En otras contribuciones hemos abundado. Véase http://hectorlucena.blogspot.com/2013/06/la-reforma-laboral-un-ano-de-su-vigencia.html

Aquellas atribuciones cuya concreción se ubica más allá del espacio productivo, demandan la existencia de un activo movimiento de los trabajadores. Es el caso de: la formación integral de los trabajadores –ordinal 1, del art 367-,  distribución de bienes y servicios –ordinal 2-, precios –ordinal 3-, comunidades y medio ambiente –ordinal 4-, vivienda –ordinal 10-, escuelas industriales y bibliotecas, turismo –ordinal 12-, estudios para presentar proposiciones a los Poderes Públicos –ordinal 13-, capacitación técnica y colocación de trabajadores –ordinal 14-. 

Al colocar sobre la espalda de los sindicatos todas estas atribuciones y finalidades, es imprescindible una organización sindical, en primer lugar con una estructura articulada horizontal y verticalmente, así como una asociación con un movimiento de los trabajadores. De lo contrario se corre el riesgo que todo esto sea letra muerta, o que por atenderlo en su sola condición sindical, descuide las finalidades más inmediatas de las condiciones de trabajo.  Sin descartar el mayor riesgo, que al asignar directamente estas funciones a los sindicatos, persigan en el fondo dejar a un lado a un verdadero movimiento de los trabajadores, y convertir al movimiento sindical en un apéndice del Estado.

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