viernes, 13 de agosto de 2010

CONVENIOS COLECTIVOS: REDISTRIBUCION Y LIBERTAD SINDICAL

En las Relaciones de Trabajo no hay institución más familiar para los trabajadores y las empresas que las Convenciones Colectivas. Aunque quienes la disfrutan sólo aquellos sectores en donde existe organización sindical. De no existir esta, las empresas prefieren mantener los beneficios y las condiciones de trabajo en el nivel de la relación individual. Por tanto, se puede mencionar contundentemente que la vigencia de las convenciones colectivas está ligada a la existencia real de un ambiente de libertad sindical.

Aunque la población sindicalizada puede no alcanzar a porcentajes mayoritarios de la población económicamente activa, como pasa excepcionalmente en los países nórdicos, pero esta institución ofrece características que extienden sus efectos a colectivos más allá de la población sindicalizada. Por ejemplo, una empresa que cuenta en su nómina con un mil trabajadores, entre obreros y empleados, y sólo están organizados sindicalmente una cuarta parte de ellos, resulta que lo negociado y acordado se extiende a los trabajadores no sindicalizados, esto multiplica sus efectos. Además facilita la gestión de las personas, por sistematizar y homologar los beneficios. De no homologarlos, pone en evidencia discriminaciones mal vistas en la subjetividad de los trabajadores.

Además, aquellos beneficios que se consolidan año tras año, y que se repiten en distintos convenios colectivos, tienden a generalizarse, ya sea por que el Estado lo hace extensivo al resto de los asalariados, o porque los propios actores sociales, trabajadores y empresarios, en las medianas y pequeñas empresas – aún sin organización sindical- no están encapsulados y algo de los beneficios contenidos en los convenios, van a formar parte de sus condiciones de trabajo. Esto se potencia mucho más, cuando se producen las relaciones de empresas en tanto proveedoras o clientes, y los sujetos que intervienen en estos servicios aprenden de los niveles de condiciones y beneficios de sus pares trabajadores.

La mirada anterior de esta institución ha dado demostraciones universales de brindar alternativas para la convivencia, la justicia, el mejoramiento productivo, la participación y la redistribución en las relaciones capital y trabajo.

En la historia de las relaciones de trabajo en el país, esta institución tuvo un interesante crecimiento. Cierto que en lo cualitativo, importantes deficiencias no lograron superarse. Era obviamente una tarea a ir resolviendo. La principal deficiencia histórica estuvo ligada a razones estructurales del funcionamiento de las relaciones de trabajo y la existencia de carencias en la libertad sindical.

Pero en estos años recientes, los últimos veinte años se aprecian unos datos preocupantes. En primer lugar por la constatación de su marcada declinación. Véase que en 1988, se negociaron y registraron un mil novecientos noventa y cinco convenios colectivos, y el último año visto en los registros oficiales -2009-, se indica la negociación de sólo trescientos sesenta. Si bien estos son los números extremos, el hecho es que la institución ha venido reduciéndose a extremos preocupantes, para el desenvolvimiento de las relaciones de trabajo y de la situación de los trabajadores en general. Se pudiera argumentar que se ha venido construyendo un proceso de integración de las organizaciones sindicales, y que estos 360 convenios atienden y benefician a un número mayor de trabajadores, pero nuevamente las evidencias no lo indican así. Hay deformaciones en al ambiente de la libertad sindical.

Las razones son diversas, y hay que analizarlas detenidamente. Sin embargo, un adelanto de algunas de ellas, pero con el compromiso de analizarlas posteriormente. En primer lugar, hay que tener en cuenta cual es el modelo de desarrollo que se impulsa; tanto en lo económico, social y político. La negociación colectiva supone compartir, intercambiar y acordar. Se trata de meta valores, que implica el respeto de la opinión del otro, de sus argumentaciones y planteamientos. Esencial, cumplir con lo pactado. Si bien hay intereses contradictorios entre capital y trabajo, la unión de ambos es base para el sustento de la producción de bienes y servicios. Que el capital que sea propietario de una entidad productiva determinada sea estatal o privado, sea extranjero o nacional, no son motivos para que los valores mencionados estén de lado.

La convención colectiva ha de estar inserta en el modelo de desarrollo que se aspire construir. Igualmente corresponde tener presente vasos comunicantes entre las políticas en el más alto nivel, con los procesos de acuerdos al nivel de la rama y en los centros productivos específicos.

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