sábado, 25 de diciembre de 2010

Trabajo Forzoso u Obligatorio

En los últimos días se ha traído al debate nacional el tema de las relaciones de trabajo esclavistas. Altos funcionarios gubernamentales invocaron la existencia de estas relaciones, entre los varios argumentos para expropiar empresas agropecuarias en el Sur del Lago de Maracaibo.

Sobre el trabajo esclavo, lo primero que hay que destacar es que el trabajador le pertenece al patrono amo. En el régimen de la esclavitud no hay mercado de trabajo sino mercado de personas. No se compra la fuerza de trabajo sino a la persona. A partir de mediados del siglo XIX, la esclavitud va dejando de ser la forma dominante de trabajo y van surgiendo formas de servidumbre y especialmente el trabajo asalariado, que se impuso en todo el mundo. A lo largo de la segunda mitad del siglo XIX, los países de las Américas experimentan procesos de abolición de la esclavitud.

En el siglo XX la esclavitud constituye una rémora. El desarrollo socio político se opone a esta forma de explotación del trabajo humano. “Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley”. (Art 54, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999). Además desde el punto de vista económico, el proveer alimentación y vivienda no era rentable en la vida laboral urbana, predominante del siglo XX.
Actualmente el problema de explotación laboral que más se aproxima al trabajo esclavo es el de trabajo forzoso. La OIT aprobó el Convenio No 29 sobre el trabajo forzoso u obligatorio y Venezuela fue de los primeros países de la región en ratificarlo - 1944-.

A los efectos de este Convenio, la expresión trabajo forzoso u obligatorio designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente. Ocurre cuando el trabajo o el servicio, es exigido por el Estado o por personas que tienen la voluntad y el poder de amenazar a los trabajadores con severas privaciones como, por ejemplo, privarles de alimentos, de la tierra o la remuneración, ejercer violencia física o abusos sexuales contra ellos, limitar sus movimientos o encerrarlos. Por ejemplo, un trabajador doméstico se encuentra en una situación de trabajo forzoso cuando el jefe de familia le saca sus documentos de identidad, le prohíbe que salga y le amenaza en caso de desobediencia. Otro ejemplo de trabajo forzoso ocurre cuando las personas, lo quieran o no, tienen que contribuir con su trabajo a la construcción de carreteras, de canales de irrigación, etc., y cuando los funcionarios del gobierno, la policía o los jefes tradicionales esgrimen amenazas concretas si no acuden a trabajar.

Según la OIT, más de 12 millones de personas en el del mundo están bajo coerción al trabajo forzado, en esclavitud o en situación similar. En América Latina, en los últimos años el país que atiende con mayor decisión este problema es Brasil. Su Plan Nacional para Erradicación del Trabajo Esclavo, lanzado por el gobierno Lula el 2003, ha permitido reducir sustancialmente este problema.

Desde hace más de diez años, la Organización Internacional del Trabajo fomenta el programa de Trabajo Decente, uno de sus objetivos es la erradicación del trabajo forzoso. Este programa ha sido acogido con entusiasmo en casi todos los países de América Latina, y ha sido de utilidad para mejorar los mecanismos y los procesos de dialogo social para combatir rémoras como esta en el funcionamiento de las Relaciones de Trabajo.

En Venezuela no se llevan registros de este problema, sea del trabajo esclavo o del trabajo forzoso u obligatorio. Cierto que el problema existe. La temática exige que sea abordada con mayor detenimiento. A lo mejor una acusación judicial que enfrenta la República en tribunales del Estado de la Florida –EEUU-, le da relevancia mediática al problema. Médicos desertores del programa de asistencia entre Cuba y Venezuela reclaman indemnizaciones importantes, todo basado en conceptos derivados del trabajo forzoso u obligatorio.

Para finalizar llama la atención que en las Memorias del Ministerio del PP para el Trabajo y la Seguridad Social, de los dos últimos años, no hay referencias al trabajo esclavo, ni al trabajo forzoso u obligatorio, no obstante la argumentación esgrimida para acciones de expropiación.

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