martes, 24 de noviembre de 2015

EL TRABAJADOR DEPENDIENTE, PERO LIBRE EN LA SOCIEDAD



  El concepto de trabajador que más se ha universalizado es aquel que vive de su propio trabajo, de su esfuerzo, sea en una actividad independiente (sin patrono) o prestándole servicios a otro quién que por tanto, se constituye en su patrono o empleador. El primer caso cobra una tarifa o un precio por lo que hace, sea un servicio o un bien. En cambio el segundo recibe un salario, por tanto, es un asalariado. 

  Decir que el salario es el precio de lo que hace el trabajador es parte de la afirmación, ya que el empleador ha de responder por un conjunto de compromisos con sus dependientes que tienen un costo que no todo va de manera inmediata al bolsillo del trabajador. Unas erogaciones van al trabajador a lo largo del año o de la vida laboral en tanto preste servicios a ese patrono. Otras erogaciones la pasa el patrono al tener a determinado trabajador en su nómina, a entidades estatales que se ocupan de actividades laborales, como seguridad social, formación profesional, deportes, ciencia y tecnología, prevención contra uso de drogas.

  En cuanto a autonomía, el trabajador independiente la disfruta en buena medida, ya que le presta servicios a quien quiere dada su condición de no tener patrono. En cambio el segundo, el dependiente, sí está obligado a prestarle servicios a su patrono o empleador a partir del momento de su contratación, ya que esa es la naturaleza de la relación, se trabaja para ese patrón. En lo que si no hay discusión es que su compromiso, o su dependencia, es con respecto a ejecutar las tareas para las cuales fue contratado.

  Para equilibrar esa relación de poder entre el patrono y el trabajador dependiente, surgieron las organizaciones de defensa de los trabajadores asalariados -sindicatos-, que han logrado a lo largo de la historia conquistas que le permiten cerrar un tanto la brecha de la asimetría que hay entre el poder del patrono y el de un trabajador individual. Esas conquistas las vemos en instituciones, constituciones, leyes, reglamentos, convenios y espacios de reconocimiento y respeto ante otros sectores sociales, políticos y económicos. De todo esto, lo más importante son las instituciones autónomas, democráticas, representativas que los propios trabajadores han constituido, así como el reconocimiento ganado ante otros sectores igualmente relevantes en la vida de las sociedades, como son las empresas, el Estado, los medios de comunicación, la academia, los partidos políticos y las organizaciones de otros actores sociales y económicos.

  Hay que repetir que los  patronos o empleadores contratan trabajadores con los cuales se establece una relación de dependencia, pero es sólo por el hecho de no ser  los dueños, ni ser personas que van a ejercer la dirección de ese negocio o entidad productiva. Esa contratación es para desarrollar funciones previamente convenidas y solo ligadas a la actividad que explica la existencia de esa empresa y su correspondiente empleador. 

  Los patronos o sus representantes han de reconocer que la dependencia de los trabajadores no va mas allá del espacio laboral en las horas convenidas, y para las actividades que se definieron con ocasión de su contratación. Que los intereses que unen al patrono y a trabajadores son los que están presentes en el momento de ejercer el trabajo, uno es el jefe y los otros son los dependientes.

  Los trabajadores y los empleadores, así como sus representantes son sujetos con posiciones ante asuntos de la vida de la sociedad. Esas posiciones son parte de la subjetividad, de la manera como cada quién ve e interpreta la sociedad, como ha de ser organizada y gobernada. Los trabajadores, son al mismo tiempo sujetos adscritos a una familia, a una comunidad, a unas colectividades no sólo laborales, que pueden ser culturales, deportivas, religiosas, y también políticas e ideológicas.

  En el trabajo esclavo, el sujeto no tenía opción para decidir los asuntos de su propia vida. Incluso sus descendientes eran propiedad de su propio amo. No tenían apellido, sino el que su amo le quisiera dar. Hace un siglo y medio en Venezuela se abolió la esclavitud, incluso mucho más tarde que el propio nacimiento de la República. 

  Los esclavos pasaron a ser hombres libres, pero en lo económico, a lo sumo, pasaron a tener el estatus que tenían los campesinos sin tierra, que trabajaban subordinados y sin pago en las tierras ajenas y que a cambio podían trabajar un pedazo para sí, y del cual derivaban productos para subsistir. O trabajaban en un pequeño espacio y lo que producían debían de compartir con el dueño de la tierra, o en un estadio más avanzado, alquilaban la tierra. La subordinación era casi total, sin instituciones ni entidades colectivas para contrarrestarlo. 

 Todos tenían la opción de ser jornaleros, que hacían trabajos cuando había lugar, y el dueño de la tierra les pagaba el jornal. También había la opción de ir territorio adentro y encontrar una tierra para trabajarla como propia. En paralelo, los comerciantes y artesanos en las ciudades con su conocimiento y dominio de un arte se aseguraban un estatus que le daba mayor libertad y autonomía. 

  En los dos últimos párrafos se ha descrito la situación del trabajo de la amplia mayoría de los venezolanos hasta los primeros dos cuartos del siglo XX. A partir de ahí, han habido cambios sustanciales en lo que respecta a la relación de la mayor parte de los venezolanos, y de quienes viniendo de otros países  decidieron hacer su vida aquí. Todos en el mundo del trabajo, unos como empleadores, o sus representantes, y otros, la amplia mayoría como trabajadores independientes y dependientes, gozan de plena libertad para la conducción de sus vidas, lo que incluye de manera relevante decidir sobre sus opciones políticas. 

  Que un empleador, sea estatal o privado, pretenda valerse de la necesidad de trabajo que tiene el ciudadano para imponerle una opción política, nos regresa a principios del siglo XX.  

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