sábado, 20 de octubre de 2012

PASIVOS LABORALES Y PETRORINOCOS

 
El pago de los pasivos laborales a trabajadores de la educación con estos instrumentos es una experiencia novedosa en las Relaciones de Trabajo del país. Estos pasivos lo conforman tanto las prestaciones sociales como los intereses que ellas causan por ser deuda del empleador. El deudor –gobierno nacional- aprovecha y afirma que de esta manera cumple con la deuda social, y coloca el petróleo al servicio del pueblo.

            Para los acreedores – los trabajadores-, luego de un período que empezó en 1975 al darsele carácter de derecho adquirido a la antiguedad y el auxilio de cesantía, y luego  en 1997 cuando se reforma la Ley Orgánica del Trabajo y se modificó el sistema de recalculo de las prestaciones sociales, entre otros elementos, completa un largo período de espera que finalmente encuentra respuesta a sus expectativas y exigencias.

            El primer lapso que exigió respuesta de los entes estatales en el cumplimiento de la reforma de 1997, venció en el 2002. Es decir los cinco años establecidos para la constitución de los fideicomisos. En el sector público sólo se cumplió esta exigencia para las nóminas de personal obrero, y en general para quienes trabajaban para empresas estatales, salvo casos excepcionales, como el sector petrolero, en donde los sindicatos, fijaron posición de oposición al nuevo sistema. Así que en esta primera etapa, estos pasivos laborales o la deuda social como también se le llama en la media oficial,  se acumuló casi toda en el propio período actual, ya que corrió desde 1998, hasta el 2002.

            En la mitad del lapso anterior – año 2000- se aprueba una nueva constitución, que exige que ha de regresarse al sistema de cálculo de las prestaciones anterior a la reforma de 1997. Es decir, dejar las cosas como estaban. Entendemos, aunque no justificamos, que esta disposición transitoria -4ta disposición, numeral 3ero-, contribuyó a no mover un ápice el cumplimiento de pago de los pasivos laborales que se venían multiplicando, y que crecían más rápidamente por los años de alta inflación que ha caracterizado al lapso que se ha vivido en lo va de siglo XXI.

            Se confabula con esta inercia en el cumplimiento del empleador gubernamental, el que desde el Parlamento no se activa decididamente poner en práctica lo exigido en la disposición transitoria 4ta, en su numeral 3ero. Si bien estaba en la agenda la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, fue evidente que no representó una prioridad en las distintas legislaturas que van desde el año 2000 hasta el año 2011. Hasta el Poder Judicial en un momento dado conminó al Legislativo a cumplir con el mandato constitucional, pero nada pasó. Incluso los intercambios entre el Legislativo y el Ejecutivo en torno a la reforma de la LOT se trancaban en el tema prestacional. Desde el Ministerio de Finanzas se señalaban observaciones a este punto, por la cuantía de los recursos implícitos.

            Si estos pasivos laborales o esta deuda social fue incrementándose,  en este análisis se podrá ver el por que. No hay que estar mirando para otra parte, simplemente el empleador no cumplió en su momento.

            El escenario electoral presidencial sirvió de marco, para que se activara un proceso que dio lugar al surgimiento de un mecanismo de pago de estos pasivos laborales. Para conectar varios eventos, empecemos en primer lugar con el compromiso presidencial ante la masa obrera en el nacimiento de la nueva Central Bolivariana Socialista de Trabajadores -el pasado noviembre-, de impulsar una nueva ley del trabajo.  Inmediatamente el nombramiento de una Comisión Presidencial sin representatividad sectorial y de los actores de las relaciones de trabajo y de la  producción. Todos estaban ahí por la voluntad presidencial. A la postre sale un texto legal oficial que abre camino para este pago.

            Por supuesto que de este proceso de construcción legislativa, en el marco de una ley habilitante que nació para resolver asuntos que no tenían nada que ver con el ámbito laboral, y por otra parte prescindiendo del órgano natural para este proceso, como es la Asamblea Nacional,  deja una estela de interrogantes que quedan flotando en el ambiente.   

            Finalmente el país cuenta con una nueva legislación laboral, el Decreto Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Que sobre el tema prestacional decidió eclecticamente  mantener vigentes los dos regimenes – el pre 1997 y el que nació en esa reforma- y que fuera el trabajador que escogiera el que le diera mayor cantidad de bolívares, ya que según escenarios de antigüedad, inflación y ritmos de incrementos salariales, puede ser más beneficios uno u otro. Por cierto que esto derrumbó la tesis del “despojo”, como en algunos medios se le señalaba a la reforma de 1997.

            Ante los pasivos laborales ha habido una constante presión por parte de los gremios educacionales, especialmente el de los universitarios, tanto docentes como administrativos. Los primeros han convocado acciones de calle para reclamar los pasivos, ya sea su pago, o la construcción bilateral de las metodologías para la cancelación. Hay que destacar que reclamos laborales por pagos son comunes en las relaciones del trabajo del país, pero más bien por retrasos en pagos de salarios, de lo inmediato,  o incumplimiento de condiciones de trabajo. 

            Es por ello que consideramos que con este antecedente y práctica gremial, sus afiliados se han ganado la prioridad en pago de los Petrorinocos. Si bien el empleador no accedió a la construcción bipartita de las metodologías, hay evidentemente una notable vigilancia de estos procedimientos por parte de la comunidad y de sus organismos gremiales, que dan lugar a que sobre la materia exista en esta primera etapa del pago de los Petrorinocos normalidad en los montos y en la conversión en dinero en efectivo, como corresponde a los pasivos o deudas laborales.

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